Código fiscal de la federación

AutorJaime Romo García
Páginas109-109

Page 109

Por lo que respecta a este ordenamiento legal, es pertinente señalar que en su artículo 116, se regula el recurso de revocación, el cual también es de agotamiento optativo y deberá promoverse dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la resolución que se vaya a recurrir, aconsejándose aquí tener buen cuidado de atender a lo que preceptúa el...

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