Acuerdo del Tribunal en Pleno del 19 de octubre de 2004, por el que se fijan como días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el 1 y 2 de noviembre del presente año, durante los cuales no correrán términos

EmisorTribunal Federal de Conciliación y Arbitraje

ACUERDO del Tribunal en Pleno del 19 de octubre de 2004, por el que se fijan como días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el 1 y 2 de noviembre del presente año, durante los cuales no correrán términos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

ACUERDO DEL TRIBUNAL EN EL PLENO DEL DIECINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL CUATRO.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por acuerdo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión del nueve de diciembre de dos mil tres, con fundamento en los artículos 29, 30 y 124 A de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 2o. del Calendario Oficial y 8 fracción V del Reglamento Interior del Tribunal se establecieron los días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para el año dos mil cuatro, durante los cuales no correrán términos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el quince de diciembre de dos mil tres.

SEGUNDO.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 9 fracción XI del Reglamento Interior del propio Tribunal, el Pleno fijará los días de descanso obligatorios procurando hacerlos coincidir con el Poder Judicial de la Federación.

TERCERO.- Que el Poder Judicial de la Federación resolvió suspender las labores los días primero y dos de noviembre del año en curso, durante los cuales no correrán términos, en consecuencia, es conveniente que en igual sentido se dicte el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- Se establecen como días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el primero y dos de noviembre del presente año, en la inteligencia de que en esos días no correrán términos.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Este Acuerdo surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la...

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