Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto que la Secretaría asigne recursos a la entidad para cubrir el equivalente al 70 por ciento del costo del proyecto preventivo denominado Actualización de Atlas de Riesgos del Estado de Oaxaca en los Fenómenos Geológicos e Hidrometeorológicos

Fecha de disposición25 Enero 2010
Fecha de publicación25 Enero 2010
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO DEL RAMO, LIC. FERNANDO FRANCISCO GOMEZ MONT URUETA, ASISTIDO POR EL OFICIAL MAYOR DEL RAMO, LIC. MANUEL RODRIGUEZ ARREGUI Y POR LA COORDINADORA GENERAL DE PROTECCION CIVIL, LIC. LAURA GURZA JAIDAR; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, POR CONDUCTO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ESTADO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, LIC. ULISES ERNESTO RUIZ ORTIZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, ING. JORGE TOLEDO LUIS, DEL SECRETARIO DE FINANZAS, ARQ. MIGUEL ANGEL ORTEGA HABIB, DEL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA, LIC. BERNARDO JESUS BARRAGAN SALAZAR, Y DEL INSTITUTO ESTATAL DE PROTECCION CIVIL, L.A.E. FRANCISCO MARTIN VELA GIL; QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA ACTUANDO CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece que el Ejecutivo Federal para el cumplimiento de los objetivos y la atención de las prioridades nacionales, los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales atenderá como tema prioritario para el desarrollo nacional, el de protección civil, concretamente en una primera perspectiva hacia el avance de la seguridad, el principio de la prevención y atención de desastres.

La Protección Civil constituye un elemento fundamental de nuestra organización social y de congruencia con la sociedad, y significa una tarea indispensable, consciente, propositiva, global y planificada para proteger y conservar al individuo y a la sociedad.

En términos de la Ley General de Protección Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil es un conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos voluntarios, sociales, privados y con las autoridades de los estados, el Distrito Federal y los municipios, a fin de efectuar acciones coordinadas, destinadas a la protección de la población, contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre.

Es objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil, proteger a la persona y a la sociedad ante la eventualidad de un desastre, provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales y el daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.

El 13 de junio de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman los artículos 3o. y 4o. de la Ley General de Protección Civil, el cual tuvo como principal objeto, que se incluyera en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año, el Fondo para la Prevención de Desastres, estableciendo los montos para la operación de cada uno de ellos, conforme a las disposiciones aplicables, cuya coordinación sería responsabilidad de esta SECRETARIA.

El 15 de agosto de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo que establece las Reglas del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales, el cual tiene como finalidad proporcionar recursos tanto a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal como a las entidades federativas, destinados a la realización de acciones y mecanismos tendientes a reducir riesgos, así como evitar o disminuir los efectos del impacto destructivo de los fenómenos naturales sobre la vida y bienes de la población, los servicios públicos y el medio ambiente.

Mediante oficio No. DEPC/DE/046 de fecha 12 de marzo de 2007, el Lic. Ulises Ernesto Ruiz Ortiz, Gobernador del Estado de Oaxaca, solicitó a la Coordinación General de Protección Civil recursos con cargo al Fondo para la Prevención de Desastres Naturales con el objeto de realizar el proyecto a que refiere la

CLAUSULA PRIMERA del presente Convenio.

Mediante oficio número H00-D.M./096-4/2007 de fecha 9 de julio de 2007, suscrito por el Ing. Enrique Guevara Ortiz, Director de Instrumentación y Cómputo y Presidente del Comité Técnico Científico, informa que ese Comité determinó que el proyecto referido en el párrafo anterior, cumple con los elementos para considerarse como preventivo y por tanto se determinó viable.

Mediante Acuerdo CE/ 2007/4a. EXT/ 13-Dic-07/09 adoptado por el Consejo de Evaluación en su Cuarta Sesión Extraordinaria, celebrada el 13 de Diciembre de 2007, autorizó la solicitud de recursos del proyecto preventivo presentado por el Gobierno del Estado de Oaxaca para ser apoyado con cargo al Fondo para la Prevención de Desastres Naturales. Por tal motivo, mediante Oficio CGPC/2517/2007 de fecha 20 de diciembre de 2007, la Coordinación General de Protección Civil, informó al Gobierno del Estado de Oaxaca, la resolución de su proyecto.

Mediante oficio DEPC/DE/009/2008 de fecha 4 de enero de 2008, el L.A. Francisco Martín Vela Gíl, Director de la Unidad Estatal de Protección Civil del Estado de Oaxaca, manifestó la aceptación del apoyo.

Con fecha 20 de octubre de 2008, el Consejo de Evaluación del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales, toma conocimiento sobre el estado que guardaban la suscripción de los Convenios de Coordinación con las instancias autorizadas para el ejercicio fiscal 2008, en donde se hizo especial mención que el Gobierno del Estado de Oaxaca no había remitido el instrumento jurídico correspondiente para poder realizar la transferencia del recursos autorizados a favor del proyecto denominado "Actualización del Atlas de Riesgos del Estado de Oaxaca en los Fenómenos Geológicos e Hidrometeorológicos" por lo que mediante Acuerdo CE/2008/3a. ORD/20-OCT-08/09, resuelve otorgar un plazo de tres días para remitir el instrumento jurídico de referencia, ya que considerando las políticas en materia presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto al ejercicio de los recursos y el cierre del ejercicio fiscal 2008, en caso de no obtener respuesta alguna, los recursos estarían disponibles para apoyar algún otro proyecto preventivo que se encontrara en cartera, o bien en su caso, alguno de trascendencia nacional, situación que se hizo del conocimiento al Gobierno del Estado de Oaxaca a través del oficio DGF/DGAC/DN/825/2008, de fecha 14 de noviembre de 2008.

Con oficio UEPC/DE/261/08, de fecha 18 de noviembre de 2008, el L.A.E. Francisco Martín Vela Gil, Director Estatal de Protección Civil del Estado de Oaxaca, presentó la solicitud formal ante la Secretaría Técnica del Consejo de Evaluación del FOPREDEN, para que el proyecto preventivo denominado "Actualización del Atlas de Riesgos del Estado de Oaxaca en los Fenómenos Geológicos e Hidrometeorológicos", fuera registrado dentro de los proyectos en cartera del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales.

A ese respecto, dicha...

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