Código Federal de Procedimientos Civiles. VII-P-1aS-799

Páginas295-305
295
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-799
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CASO EN EL QUE
PROCEDE LA SUSPENSIÓN.- Con fundamento en los artículos 366 y
367 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria
del artículo 1° de la propia ley, la suspensión en el dictado de la sentencia
 
impugnado sea consecuencia de diversa resolución controvertida ante el
mismo Tribunal y que se encuentre pendiente de resolver, esto para evitar
el dictado de sentencias contradictorias. Lo anterior, porque el resultado del
-
do de la sentencia del segundo juicio intentado contra el acto consecuente;
motivo por el cual, si el Juzgador en uso de sus funciones jurisdiccionales,
advierte que la resolución primigenia se encuentra sub júdice; entonces, lo


la sentencia que se dicte en el primer juicio; esto es, el intentado contra el
acto inicial, a efecto de evitar sentencias contradictorias.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1787/13-11-01-9/1356/13-S1-02-
03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 8 de octubre de 2013, por
unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby
Genel.- Secretaria: Lic. Beatríz Rodríguez Figueroa.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de noviembre de 2013)
EN EL MISMO SENTIDO:
VII-P-1aS-800
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 10510/13-17-02-7/1562/13-S1-02-
03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal
Contenido
Índices

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR