Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VII-P-1aS-270

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-270
CERTIFICACIÓN DEL AVISO DE ACTUALIZACIÓN O MODIFICA-
CIÓN DE SITUACIÓN FISCAL.- SU VALOR PROBATORIO.- El artí-
culo 46, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administra-
tivo, establece que harán prueba plena los hechos legales afirmados por autori-
dad en documentos públicos, incluyendo los digitales; señalando en su penúltimo
párrafo, que tratándose de la valoración de dichos documentos, se debe atender
a lo dispuesto en el artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civi-
les, el cual reconoce como prueba la información que conste en medios electróni-
cos, ópticos o en cualquier otra tecnología. Por su parte, el artículo 63, penúltimo
párrafo, del Código Fiscal de la Federación señala que las copias, impresiones o
reproducciones que deriven de microfilm, disco óptico, medios magnéticos,
digitales, electrónicos o magneto ópticos de documentos que tengan en su poder
las autoridades, tienen el mismo valor probatorio que tendrían los originales, siempre
que dichas copias, impresiones o reproducciones sean certificadas por funciona-
rio competente para ello, sin necesidad de cotejo con los originales. Ahora bien,
el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación señala que las personas físicas y
morales que se encuentren obligadas a presentar declaraciones o expedir com-
probantes fiscales, deben manifestar al Registro Federal de Contribuyentes su
domicilio fiscal, y en caso de cambio, deberán presentar el aviso correspondien-
te. Del mismo modo, el artículo 25, fracción IV del Reglamento del Código Fiscal
de la Federación, señala que para los efectos del artículo 27 del Código en co-
mento, las personas físicas o morales presentarán aviso de cambio de domicilio
fiscal. Es por ello, que la copia certificada del Aviso de Actualización o Modifica-
ción de Situación Fiscal hace prueba plena para demostrar la ubicación del domi-
cilio fiscal de la parte actora, toda vez que la información contenida en dicho
documento se entiende proporcionada por los propios causante y sujetos obli-
gados.

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