CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa José Antonio Medina Gutiérrez y/o International Machines.
Fecha de disposición | 14 Febrero 2011 |
Fecha de publicación | 08 Marzo 2011 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Economía.- Area de Responsabilidades.- Expediente P.S. 08/2010.
CIRCULAR OIC 10000/104/ 005 /2011
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA "JOSE ANTONIO MEDINA GUTIERREZ Y/O INTERNATIONAL MACHINES", POR EL TERMINO DE TRES MESES.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presente.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 18, 26 y 37 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 fracción I, 5, 6, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de enero del año dos mil y sus reformas del veintiocho de mayo del dos mil nueve; 2, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la materia; 3 inciso D, 80 fracción I numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, 2 último párrafo y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Tercero de la resolución de fecha ocho de febrero del dos mil once, que se dictó en el expediente número P.S. 08/2010, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa "José Antonio Medina Gutiérrez y/o International Machines", esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente a aquel en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, por el plazo de tres meses deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y obra pública con dicha empresa ya sea de manera directa o por interpósita persona.
En virtud de lo señalado en...
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