Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-TASR-1NE-17

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REVISTADEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL YADMINISTRATIVA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 304/10-06-01-8.- Resuelto por la
Primera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 20 dejunio de 2012, por unanimidad de votos.-Magistrado
Instructor: Raúl Lerma Jasso.- Secretario: Lic. José Mercedes Hernández
Díaz.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-TASR-1NE-17
CONCEPTOSDEIMPUGNACIÓNINOPERANTES.LOSONAQUE-
LLOSQUEVANENCAMINADOSADESVIRTUARLALEGALIDAD
DE UN ACUERDO DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO NO IM-
PUGNADO DE MANERA DESTACADA EN LA DEMANDA.- El ar-
tículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo,
establece que procede el juicio de nulidad, contra los actos administrativos,
Decretos yAcuerdos de carácter general,diversos a los Reglamentos, cuando
sean autoaplicativos o cuando el interesado los controvierta en unión del
primer acto de aplicación. Asimismo, el artículo 50, antepenúltimo párrafo,
de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece
que no se podrán anular o modifi car los actos de las autoridades adminis-
trativas no impugnados de manera expresa en la demanda. En ese contexto,
si el actor sólo controvierte de manera destacada en la demanda, las reso-
luciones determinantes de los créditos fi scales y no el acuerdo de carácter
administrativo que determina la circunscripción territorial de la autoridad
demandada, los conceptos de nulidad que se hagan valer contra este último
resultan inoperantes,dado que no constituyen la resolución impugnada,pues
si se califi can dichos conceptos de impugnación como fundados o infunda-
dos, la consecuencia sería la declaratoria de nulidad o el reconocimiento de
la validez de dicho acuerdo, lo que contraviene lo dispuesto por el referido
artículo 50, toda vez que no pueden anularse ni modifi carse actos y/o reso-
luciones no impugnados de manera expresa por el actor.

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