Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-TASR-XXXVI-151

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
VI-TASR-XXXVI-150
LUGAR DE ENTREGA ENTRATÁNDOSE DEL TIEMPO AIRE ELEC-
TRÓNICO PARA DETERMINAR LA TASA DEL IMPUESTO AL VA-
LOR AGREGADO.- SUPUESTO EN EL CUAL NO SE ACREDITA.- El
cardinal 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente en 2009, establece
que la tasa del 10% a los valores que señala, se aplicará cuando los actos o
actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realicen por residentes en la
región fronteriza y siempre que la entrega material de los bienes se lleve a cabo en
dicha región; por lo cual, sin prejuzgar sobre la naturaleza intangible del bien
denominado tiempo aire electrónico, no basta para considerar aplicable la tasa
en comento, que la interesada manifieste que su propio cliente aceptó haber rea-
lizado operaciones comerciales con ella en determinado periodo, ni que se exhiba
el comprobante fiscal relativo a la enajenación del bien; cuando es omisa en apor-
tar elemento de convicción alguno bajo el cual acreditara su efectiva recepción en
región fronteriza; tal consideración no descansa en exigir la constancia material de
un bien intangible, por el contrario, se plantea bajo la base razonable que aun de
tratarse de un bien de tal naturaleza, debe probarse el lugar de recepción por
parte del adquirente, cuando precisamente derivado de dicho hecho, se pretende
obtener efectos favorables, como es la aplicación de una tasa preferencial para el
citado impuesto.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 387/10-20-01-6.- Resuelto por la Sala
Regional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 21
de octubre de 2010, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Alberto
Romo García.- Secretario: Lic. Edgar Alan Paredes García.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-XXXVI-151
IMPROCEDENCIA DEL JUICIO POR ACTO CONSENTIDO.- NO SE
ACTUALIZA CUANDO LA RESOLUCIÓN FUE NOTIFICADA A DI-

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