Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-TASR-1NE-10

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PRIMERA SALA REGIONAL DEL NORESTE
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-TASR-1NE-10
MEDIDAS CAUTELARES. PROCEDE SU OTORGAMIENTO MIEN-
TRAS NO EXISTA SENTENCIA EJECUTORIADA EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- Conforme al artículo 24 Bis de la
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, “La solicitud de las
medidas cautelares, se podrá presentar en cualquier tiempo, hasta antes de que
se dicte sentencia definitiva”. Ahora bien, de la interpretación de los artículos 356
del Código Federal de Procedimientos Civiles y 53 de la ley de la materia, se
colige que la definitividad de una sentencia está relacionada con su firmeza, ya sea
porque la misma no admita en su contra recurso o juicio; o admitiéndolo, no fuere
impugnada, o cuando, habiéndolo sido, el recurso o juicio de que se trate haya
sido desechado o sobreseído o hubiere resultado infundado, y cuando haya sido
consentida expresamente por las partes o sus representantes legítimos. En ese
contexto, si la autoridad en vía de reclamación aduce como agravio la improce-
dencia de la medida cautelar por haberse dictado en el expediente principal “sen-
tencia definitiva” impugnada en revisión fiscal, resulta infundado dicho agravio,
toda vez que mientras no se pronuncie sentencia ejecutoriada en el procedimien-
to, el cual abarca desde la presentación de la demanda y hasta antes de que sea
declarada firme la sentencia ejecutoriada, el Magistrado Instructor o la Sala pue-
de decretar medidas cautelares que correspondan, entre otros casos, cuando,
tratándose de situaciones jurídicas duraderas, se produzcan daños substanciales
al actor o una lesión importante del derecho que pretende, por el simple transcur-
so del tiempo, máxime si en contra de la sentencia se promovió recurso por el que
puede ser modificada o revocada, pues en ese caso, es evidente que la sentencia
no se encuentra firme y por tanto procede la medida precautoria.
Recurso de Reclamación Núm. 2691/11-06-01-8.- Resuelto por la Primera Sala
Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el

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