Fe de Erratas al Reglamento de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Consejería Jurídica y de Derechos Ciudadanos

Oficina del Gobernador

Xalapa-Enríquez. Veracruz de Ignacio de la Llave

26 de junio de 2015

Oficio CJyDC/1171/15

Fe de erratas al "REGLAMENTO DE LA LEY DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE", publicado en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, número extraordinario 238, de fecha 16 de junio de 2015, para quedar como sigue:

  1. A foja 97, donde dice:

    Artículo 208: En los términos de la Ley, las personas que resulten responsables de un accidente de tránsito, deberán reparar los daños y perjuicios causados en la integridad física, salud y bienes a las personas afectadas por el accidente.

    Todo dueño, posesionado o conductor incidental de un vehículo, deberá asegurarse de que el vehículo que conduce o maneja cuenta con la póliza vigente del seguro contra daños a terceros, antes de utilizar las vías públicas del Estado.

    Debe decir:

    Artículo 208. En los términos de la Ley, las personas que resulten responsables de un accidente de tránsito, deberán reparar los daños y perjuicios causados en la integridad física, salud y bienes a las personas afectadas por el accidente.

    Todo dueño, posesionarlo o conductor incidental de un vehículo, deberá en la medida en que le sea posible, asegurarse de que el vehículo que conduce o maneja cuenta con una póliza vigente del seguro contra daños a terceros, antes de utilizar las vías públicas del Estado.

  2. A foja 108 donde dice:

    Artículo 237. De conformidad con el Artículo 22 de la Ley, se prohíbe realizar en la vía pública los siguientes actos:

    I.aVIILC..)

    IX. Ofrecer a los ocupantes de los vehículos, mercancías o servicios, repartir propaganda o solicitar ayuda económica, sin contar con el permiso de la autoridad competente; y

    X. (...)

    Debe decir:

    Artículo 237. De conformidad con el Artículo 22 de la Ley, se prohíbe realizar en la vía pública los siguientes actos:

    La VIII. (...)

    IX. Ofrecer mercancías o servicios, cuando se ponga en peligro la vida o la integridad física de las personas que los ofrecen o de terceros; y

    X. (...)

  3. A foja 110 relativo al TÍTULO DÉCIMO PRIMERO donde dice:

    CAPÍTULO III

    PERMISO PARA EL USO DE LA VÍA PÚBLICA

    Debe decir:

    CAPÍTULO III

    DE LA VÍA PÚBLICA

  4. A foja 111, donde dice:

    Artículo 242. Todos los conductores están obligados a...

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