Fe de erratas al Decreto 461 Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de julio de 2015, Sección Sexta

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7 de agosto de 2015
BIER NI.) DEL
ESTADO DE MÉXICO
FE DE ERRATAS
"GACETA DEL GOBIERNO"
6 DE JULIO DE 2015
Tomo CC, Número 4, SECCIÓN SEXTA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DECRETO NÚMERO 461.- POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XXIV Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XXV AL
ARTÍCULO 38 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, SE
ADICIONA EL TÍTULO DÉCIMO CUARTO, DENOMINADO "DEL REGISTRO ESTATAL DE INSPECTORES", AL LIBRO
PRIMERO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, SE ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO AL
ARTÍCULO 128 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO.
CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE
MÉXICO
DICE:
CÓDIGO"ADMINISTRATIVO D L ESTADO DE
MÉXICO
DEBE DECIR:
Artículo 1.82.
El Registro Estatal de Inspectores es un
sistema tecnológico dirigido, coordinado y operado por la
Artículo 1.82. ...
Secretaría de
la Contraloría
del
Estado
de
México,
mediante
el
cual
las
dependencias
y
organismos
auxiliares de la Administración Pública Estatal registran
los datos relativos a las órdenes de visitas, inspecciones
o verificaciones que llevan a cabo las autoridades, con el
fin de que los sujetos a quienes van dirigidas o los
involucrados constaten en tiempo real su autenticidad.
La Secretaría de la Contrataría podrá celebrar convenios
que
coadyuven
al
objeto
del
Registro
Estatal
de
inspectores con otros poderes públicos del Estado de
México, ayuntamientos, entidades publicas federales y
La Secretaría de la
Contraloría
podrá celebrar convenios
estatales, así como con organismos autónomos, con la
que
coadyuven
al
objeto
del
Registro
Estatal
de
finalidad de mantener actualizado dicho Registro Estatal.
Inspectores con otros poderes públicos del Estado de
México, ayuntamientos, entidades
públicas
federales y
La Secretaría vigilará que el sistema de consulta se
estatales, así como con organismos autónomos, con la
encuentre en funcionamiento, para que la información
proporcionada por las autoridades, pueda ser consultada
en tiempo real.
finalidad de mantener actualizado dicho Registro Estatal.
La Secretaría
de la Contraloría
vigilará que el sistema de
consulta se encuentre en funcionamiento, para que la
información proporcionada por las autoridades, pueda ser
consultada en tiempo real.
Lic. Alejandro Germán Hinojosa Velasco
Secretario de la Contraloría
(RÚBRICA).

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