Fe de erratas a la Circular dirigida al público en general, por la que opta por el uso de tecnologías de la información y de comunicación, en la realización de los procedimientos de contratación de obra pública de la SDUOP.

Pág. 7654 PERIÓDICO OFICIAL 6 de abril de 2020
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
ADMINISTRACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE OBRA PÚBLICA
M-DAOP/00146/2020
Asunto: Fe de erratas
Santiago de Querétaro, Qro., 3 de abril de 2020
Dr. en D. Jorge Serrano Cevallos
Director Jurídico y Consultivo
Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro
Presente
Me refiero a la publicación oficial de la Circular por la que se opta por el uso de tecnologías de la información y
de comunicación, en la realización de los procedimientos de contratación de obra pública de la SDUOP; realizada
el 31 de marzo de 2020.
Sobre el particular y con fundamento en los artículos 1, 2 fracción III, 10 fracción XIV y 29 de la Ley de
Publicaciones Oficiales del Estado de Querétaro, le solicito de la manera más atenta, publique la siguiente fe de
erratas:
1. En la publicación oficial dice:
CIRCULAR SDAO/DAOP/01/2020
Debe decir:
CIRCULAR SDUAOP/DAOP/01/2020
2. En la publicación oficial dice:
Santiago de Querétaro, Qro., marzo 24, 2020
Debe decir:
Santiago de Querétaro, Qro., marzo 19, 2020
3. En la publicación oficial dice:
Que de conformidad con los artículos 11 y 32 fracción III de la Ley de Procedimientos Administrativos del
Estado de Querétaro, la actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios
de …

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