Fe de Erratas del acuerdo de la Directora General del organismo público descentralizado, denominado Junta de Caminos del Estado de México, por el que se delega a los servidores públicos adscritos a la Unidad Jurídica y Consultiva, las atribuciones de representación legal, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” número 38, de fecha 23 de agosto de 2016, sección quinta

Página 48 7 de septiembre de 2016
FE DE ERRATAS
DEL ACUERDO DE LA DIRECTORA GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, DENOMINADO
JUNTA DE CAMINOS DEL ESTADO DE MÉXICO, POR EL QUE SE DELEGA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS
ADSCRITOS A LA UNIDAD JURÍDICA Y CONSULTIVA, LAS ATRIBUCIONES DE REPRESENTACIÓN LEGAL,
PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” NÚMERO 38, DE FECHA 23 DE AGOSTO DE
2016, SECCIÓN QUINTA.
DICE
DEBE DECIR
ÚNICO: Se delega al Jefe de la Unidad Jurídica y consultiva,
así como a LIC. JOSÉ SANTOS SOLANO OCAMPO, LIC.
LETICIA VAZQUEZ POSADAS, servidores públicos
adscritos a la Junta de Caminos del Estado de México, para
que en el ámbito de sus respectivas facultades, atribuciones
o funciones realicen los actos siguientes:
ÚNICO: Se delega al Jefe de la Unidad Jurídica, así como a
los Licenciados en Derecho JOSÉ SANTOS SOLANO
OCAMPO y LETICIA VÁZQUEZ POSADAS, servidores
públicos adscritos a la Junta de Caminos del Estado de
México, para que en el ámbito de sus respectivas facultades,
atribuciones o funciones realicen los actos siguientes
DICE
DEBE DECIR
II. Intervenir en los juicios de amparo cuando el Organismo
Público Descentralizado denominado Junta de Caminos del
Estado de México, a su Director General, las Unidades
Administrativas, Comités, Comisiones y Servidores Públicos
que lo integran tengan el carácter de parte, así como revisar
todas las etapas de su proceso y rendir los informes previos
y justificados que requiera el órgano jurisdiccional.
III. Representar con las facultades de apoderado general
para pleitos y cobranzas, con todas las facultades que
requieran cláusula especial conforme a las disposiciones de
la materia al Organismo Público Descentralizado
denominado Junta de Caminos del Estado de México, a su
Director General, a las Unidades Administrativas, Comités,
Comisiones y Servidores Públicos que lo integran ante toda
clase de autoridades Civiles, Penales, Administrativas, Del
Trabajo, Municipales, Estatales y Federales, Juntas de
Conciliación y Arbitraje, Ministerio Público de la Federación,
Locales y del Distrito Federal, Empresas Públicas, Privadas
y Particulares, Organismos Públicos Desconcentrados y
Descentralizados; intervenir, notificar, tramitar, substanciar y
emitir las resoluciones de los procedimientos administrativos
de cualquier índole; así como los que se inicien con motivo
de las infracciones e incumplimiento de las disposiciones
legales en materia de publicidad exterior y derecho de vía,
presentar y contestar demandas, hacer denuncias,
acusaciones y querellas, atender los procedimientos
judiciales, civiles, penales, administrativos, fiscales o del
trabajo en todas sus etapas, instancias, trámites e
incidentes, hasta su total conclusión; reconocer firmas y
documentos, desistirse, transigir, conciliar, convenir, recibir
pagos dentro del ámbito de su competencia, comprometer
en árbitros, articular o absolver posiciones, otor gar perdón,
recusar, interponer recursos, interponer el juicio de amparo y
desistirse de él y en general, ejercitar todas las acciones
civiles, penales, mercantiles, administrativas y fiscales que le
correspondan.
II. Intervenir en los juicios de amparo cuando el Organismo
Público Descentralizado denominado Junta de Caminos del
Estado de México, su Director General, las Unidades
Administrativas, Comités, Comisiones y Servidores Públicos
que lo integran tengan el carácter de parte, así como revisar
todas las etapas de su proceso y rendir los informes previos
y justificados que requiera el órgano jurisdiccional.
III. Representar con las facultades de apoderado general
para pleitos y cobranzas, con todas las facultades que
requieran cláusula especial conforme a las disposiciones de
la materia al Organismo Público Descentralizado
denominado Junta de Caminos del Estado de México, a su
Director General, a las Unidades Administrativas, Comités,
Comisiones y Servidores Públicos que lo integran ante toda
clase de autoridades Civiles, Penales, Administrativas, Del
Trabajo, Municipales, Estatales y Federales, Juntas de
Conciliación y Arbitraje, Ministerio Público de la Federación,
Locales y de la Ciudad de México, Empresas Públicas,
Privadas y Particulares, Organismos Públicos
Desconcentrados y Descentralizados; intervenir, notificar,
tramitar, substanciar y emitir las resoluciones de los
procedimientos administrativos de cualquier índole, aplicar
sanciones y medidas de seguridad conforme a las
disposiciones legales aplicables; así como los que se inicien
con motivo de las infracciones e incumplimiento de las
disposiciones legales en materia de publicidad exterior,
derecho de vía y contratos de obra pública, presentar y
contestar demandas, hacer denuncias, acusaciones y
querellas, atender los procedimientos judiciales, civiles,
penales, administrativos, fiscales o del trabajo en todas sus
etapas, instancias, trámites e incidentes, hasta su total
conclusión; reconocer firmas y documentos, desistirse,
transigir, conciliar, convenir, recibir pagos dentro del ámbito
de su competencia, comprometer en árbitros, artic ular o
absolver posiciones, otorgar perdón, recusar, interponer
recursos, interponer el juicio de amparo y desistirse de él y
en general, ejercitar todas las acciones civiles, penales,
mercantiles, administrativas y fiscales que le correspondan.
A T E N T A M E N T E
M. EN D. VERÓNICA VALDEZ CHÁVEZ,
DIRECTORA GENERAL DE LA JUNTA DE CAMINOS DEL ESTADO DE MÉXICO
(RÚBRICA). 4053-BIS.-7 septiembre.

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