Acuerdo por el que se delegan facultades en el Vicepresidente Jurídico y Director General de Servicios Legales de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

Fecha de disposición03 Mayo 2011
Fecha de publicación03 Mayo 2011
EmisorCOMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES EN EL VICEPRESIDENTE JURIDICO Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DE LA COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS.

LUIS ALBERTO PAZOS DE LA TORRE, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11, fracciones XXV, XXXIX; 22, fracción XVIII y XXV; 26, fracciones II, III, XVII y último párrafo; 107 y 108 todos de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; 10, y 19, fracciones XL y XLI del Estatuto Orgánico de esta Comisión Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de julio de dos mil diez; con el propósito de hacer más expedito el ejercicio de las atribuciones conferidas a esta Comisión Nacional, expido el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES EN EL VICEPRESIDENTE JURIDICO Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DE LA COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS.

  1. Se delega en el Vicepresidente Jurídico y en el Director General de Servicios Legales de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, de manera conjunta o separada, la facultad contenida en el artículo 26, fracción III, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, consistente en proponer a la Junta de Gobierno la condonación total o parcial de las multas, lo anterior, sin perjuicio de que el Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros lleve a cabo la...

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