Acuerdo por el que se faculta al Presidente Municipal y al Síndico, con la participación del Secretario de Desarrollo Social para suscribir en representación del Municipio de Querétaro un convenio de colaboración, con la Unión de Transporte Urbano de Querétaro, A.C., la persona moral denominada 'NR Tec Desarrollos Tecnológicos, S.A. de C.V., y el Instituto Queretano del Transporte.

Pág. 12826 PERIÓDICO OFICIAL 20 de diciembre de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADA HARLETTE RODRÍGUEZ MENÍNDEZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Ayuntamiento de Querétaro en el
punto 3, apartado 3.3.1 del orden del día, tomó, por unanimidad de votos de sus integrantes, el Acuerdo por el que se
faculta al Presidente Municipal y al Síndico, con la participación del Secretario de Desarrollo Social para suscribir en
representación del Municipio de Querétaro un convenio de colaboración con la Unión de Transporte Urbano de
Querétaro, A.C., la persona moral denominada “NR Tec Desarrollos Tecnológicos S.A. de C.V. y el Instituto Queretano
del Transporte, el cual textualmente señala:
“DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 3, 30 FRACCIONES I Y XVIII, 31 FRACCIÓN VIII Y 38 FRACCIÓN VII DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 3 Y 74 FRACCIÓN IV DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO Y;
14 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno del aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de
sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, la
representación legal del Municipio corresponde al Ayuntamiento, quien la ejercerá a través del síndico o
delegándola a favor de terceros, mediante acuerdo expreso del Ayuntamiento.
3. El artículo 31 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro establece la facultad del
Presidente Municipal para celebrar a nombre y por acuerdo del Ayuntamiento los actos, convenios y contratos
necesarios para el mejor desempeño de las funciones públicas y la eficaz prestación de los servicios a su
cargo.
4. Los ayuntamientos podrán celebrar convenios con otros municipios, con el Estado y con los particulares, a fin
de coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las
funciones que les correspondan, o para cualquier otro aspecto del índole administrativo, que requiera de auxilio
técnico u operativo, conforme lo establece la fracción XVIII del artículo 30 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro.
5. Acorde a lo dispuesto dispuesto en el Artículo 74 fracciones XIV y X, del Código Municipal de Querétaro,
corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social, asesorar y tramitar, para los estudiantes de escasos recursos
económicos y altas calificaciones, becas que apoyen su educación y superación.
6. Mediante oficio SDS/0186/2013, recibido en la Secretaría del Ayuntamiento el 7 de noviembre de 2013, el
Director de Desarrollo Integral, remite copia del convenio de colaboración que celebrarán el Municipio de
Querétaro con la Unión de Transporte Urbano de Querétaro A.C, la empresa NR TEC Desarrollos

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