Facilitan Ministros ruta para aborto

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia abrió la puerta para la despenalización del aborto a nivel nacional por medio de amparos, sin esperar a que los Congresos federal y estatales legislen sobre el tema.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte aprobó ayer la jurisprudencia que establece que el mero hecho de ser mujer otorga legitimidad para promover un amparo en el que se cuestione la constitucionalidad de artículos de los códigos penales que aún sancionan el aborto voluntario como un delito.

Lo anterior, sin necesidad de que la mujer esté embarazada o, de estarlo, sin que tenga que aclarar que desea el aborto, ya que la penalización es un mensaje intimidante y discriminatorio que las afecta por el sólo hecho de estar vigente.

Se trata de un cambio radical de criterio, luego que, en junio 2016, la misma Sala desechó con cuatro votos un proyecto del Ministro Arturo Zaldívar, que declaraba inconstitucional el delito de aborto previsto en el Código Penal Federal (CPF), justo porque el amparo lo promovió una mujer a la que no le fue aplicada esa norma.

En esa ocasión, Zaldívar acusó que era "una indignidad" pedirle a una mujer que se someta a una persecución penal para poder cuestionar este delito.

En septiembre de 2021, el Pleno de la Corte invalidó la penalización del aborto en Coahuila, pero no en un amparo, sino en una acción de inconstitucionalidad, cuyos criterios sólo son obligatorios para los jueces, no para las legislaturas de 21 entidades que siguen sancionando la interrupción voluntaria del embarazo, ni para el Congreso de la Unión.

La jurisprudencia aprobada ayer obligará a jueces federales a admitir amparos de cualquier mujer contra los códigos penales de dichas entidades y el CPF, mientras que los criterios del caso Coahuila los obligarán a concederlos.

PRIMERA PRUEBA

El 28 de junio, la Primera Sala de la Corte discutirá un proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara sobre el aborto en Aguascalientes, que reconoce legitimación a varias organizaciones civiles para impugnar el código estatal, pero, además, propone ordenar a esa entidad que deje de aplicar los artículos que lo sancionan.

Luego del resultado de ayer es probable que el proyecto de Alcántara tendrá al menos dos votos más, que serían suficientes para romper el principio tradicional de que las sentencias de amparo sólo pueden beneficiar a quien presentó la demanda, sin efectos generales.

Se trata de un cambio de estrategia del mismo Ministro, que en 2020...

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