Tesis nº VII-P-2aS-204 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2012

Número de resoluciónVII-P-2aS-204
Fecha de publicación01 Septiembre 2012
Fecha01 Septiembre 2012
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 14. Septiembre 2012. p. 108
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo cuando el enjuiciante alegue desconocer la resolución impugnada, que el acto administrativo no le fue notificado, o bien que lo fue ilegalmente, siempre que se trate de los impugnables en el juicio contencioso administrativo, así lo debe expresar en su demanda, señalando la autoridad a quien atribuye el acto, su notificación o su ejecución; siendo obligación de la autoridad demandada al formular su contestación a la demanda, acompañar las constancias que acreditan la existencia del acto administrativo y de su notificación, para darlos a conocer a la parte actora y que ésta pueda combatirlos vía su ampliación de...

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