Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia San Pío de Pietrelcina en Apodaca, N.L. para constituirse en asociación religiosa; derivada de Arquidiócesis de Monterrey, A.R.

Fecha de disposición30 Julio 2015
Fecha de publicación30 Julio 2015
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE ARQUIDIOCESIS DE MONTERREY, A.R., DENOMINADA PARROQUIA SAN PIO DE PIETRELCINA EN APODACA, N.L.

En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada PARROQUIA SAN PIO DE PIETRELCINA EN APODACA, N.L. para constituirse en asociación religiosa; derivada de ARQUIDIOCESIS DE MONTERREY, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:

  1. Domicilio: calle Lomas del Tibet número 221, colonia Lomas de La Paz, municipio de Apodaca, Estado de Nuevo León, código postal 66647.

  2. Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble en uso de la solicitante de registro, denominado Parroquia San Pío de Pietrelcina en Apodaca, N.L., ubicado en calle Lomas del Tibet número 221, colonia Lomas de La Paz, municipio de Apodaca, Estado de Nuevo León, código postal 66647.

  3. Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Propagar la Verdad Evangélica en todo su territorio, mediante las celebraciones litúrgicas y populares, con pleno respeto a la libertad de conciencia de todos los seres humanos; enseñar y practicar sus creencias promoviendo la vida activa y la vida espiritual o interior; difundir las mismas en cualquier lugar, por cualquier medio y en cualquier forma permitida por la ley".

  4. Representantes: Rogelio Cabrera López, Rodolfo Ángel Rodríguez Sepúlveda, Amancio Olmos Gómez, Gerardo Leal Guerrero y Eduardo Servando Guerra Sepúlveda.

  5. Relación de asociados: Rogelio Cabrera López, Rodolfo Ángel Rodríguez Sepúlveda, Amancio Olmos Gómez, Gerardo Leal Guerrero y Eduardo Servando Guerra Sepúlveda.

  6. Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de...

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