Extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la adenda del Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral para el proceso de Revocación de Mandato. Precisiones operativas derivadas del acatamiento a la sentencia SUP-RAP-415/2021 y acumulados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Fecha de publicación26 Enero 2022
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EXTRACTO del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la adenda del Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral para el proceso de Revocación de Mandato
EXTRACTO del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la adenda del Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral para el proceso de Revocación de Mandato. Precisiones operativas derivadas del acatamiento a la sentencia SUP-RAP-415/2021 y acumulados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
Extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la adenda del Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral para el proceso de Revocación de Mandato. Precisiones operativas derivadas del acatamiento a la sentencia SUP-RAP-415/2021 y acumulados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Instituto Nacional Electoral. - INE/CG1740/2021.
ANTECEDENTES
[...]
I. Mediante Decreto publicado en el DOF el veinte de diciembre de 2019, cuya vigencia inició el día siguiente de su publicación, a través del cual se adicionó la fracción IX al artículo 35 de la CPEUM, la cual establece cómo se debe realizar el proceso de RM. Además, en el Transitorio Cuarto de dicho Decreto se establecen los plazos del proceso de RM para Presidente de la República electo para el periodo 2018- 2024.
II. El 27 de agosto de 2021, mediante Acuerdo INE/CG1444/2021 se aprobaron los Lineamientos para la organización de la revocación de mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, así como sus anexos.
III. El 14 de septiembre de 2021, se publicó en el DOF el Decreto mediante el cual se expide la LFRM.
IV. El 30 de septiembre de 2021, mediante Acuerdo INE/CG1566/2021, se aprobaron las modificaciones a los Lineamientos para la organización de la RM y sus anexos, emitidos por el CG mediante el Acuerdo INE/CG1444/2021, con motivo de la expedición de la LFRM. De conformidad con lo establecido su artículo Transitorio Segundo el cual señala que, una vez en vigor el Decreto de la Ley Reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la CPEUM, se derogarían todas las disposiciones normativas que se opusieran.
VII. El 29 de octubre de 2021 el CG, mediante el Acuerdo INE/1631/2021, aprobó el PIMDCyCE de RM.
VIII. El 01 de noviembre de 2021, la Sala Superior del TEPJF dictó sentencia en el expediente SUP-RAP-415/2021 y sus acumulados, mediante la cual revocó el Acuerdo INE/CG1566/2021 y ordenó al INE emitir un nuevo acuerdo.
IX. El 10 de noviembre de 2021, el CG aprobó el Acuerdo INE/CG1646/2021, por el que en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF en el expediente SUP-RAP-415/2021 y sus acumulados se modifican los Lineamientos para la organización de la RM y su Anexo Técnico. Estableciendo el 10 de abril de 2022 como nueva fecha para la celebración de la jornada de participación ciudadana.
CONSIDERANDO
[...]
MOTIVACIÓN QUE SUSTENTA LA ADENDA AL PIMDCyCE DE RM. PRECISIONES OPERATIVAS DERIVADAS DEL ACATAMIENTO A LA SENTENCIA SUP-RAP-415/2021 Y ACUMULADOS DEL TEPJF.
19. En observancia a la sentencia de la Sala Superior del TEPJF, en el recurso de apelación y juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, con número de expedientes: SUP-RAP-415/2021, SUP-JDC-1328/2021 y SUP-JDC-1336/2021. Emitida el 01 de noviembre de 2021, determinó en el Considerando, Noveno, inciso c):
· La autoridad responsable deberá efectuar, con libertad de atribuciones, las modificaciones necesarias a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la Revocación de Mandato y sus anexos técnicos y los plazos previstos en los mismos para realizar todas
las acciones necesarias para cumplir con lo determinado en la presente ejecutoria
Por lo que hace a la sentencia, la Sala Superior resolvió:
PRIMERO. Se acumulan los juicios SUP-JDC-1328/2021 y SUPJDC-1336/2021 al recurso SUP-RAP-415/2021en los términos señalados.
SEGUNDO. Se desechan las demandas que dieron origen a los expedientes SUP-JDC 1328/202 y SUP-JDC1336/2021.
TERCERO. Se revoca el acuerdo controvertido, en lo que fue materia de controversia, para los efectos precisados en la ejecutoria
20. En mérito de lo anterior, el CG de este Instituto aprobó el Acuerdo INE/CG1646/2021 por el que en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF en el expediente SUP-RAP-415/2021 y sus acumulados se modifican los Lineamientos para la organización de la RM y su anexo técnico, acatamiento que se centró en la facultad reglamentaria, sujeta a los principios de reserva de ley y subordinación jerárquica, a través de la congruencia y concordancia de los Lineamientos con lo previsto en la LFRM, dando cumplimiento en los términos ordenados por la autoridad judicial electoral.
Con dicho acatamiento, se buscó garantizar el ejercicio del derecho de la ciudadanía para participar en el proceso de RM, resultando pertinente ajustar los plazos dispuestos para algunas de las actividades operativas, en donde se señalaban fechas ciertas.
Por lo que en el Punto de Acuerdo Sexto del citado Acuerdo este CG instruyó lo siguiente:
SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, para que, en el ámbito de sus atribuciones elaboré la Adenda del PIMDCyCE de RM. Precisiones operativas derivadas del acatamiento a la sentencia SUP-RAP-415/2021 y acumulados del TEPJF. La cual deberá de ser presentada ante la Comisión competente y aprobada por este Consejo General en el mes de diciembre de 2021. Misma que deberá contener los ajustes, medidas y modificaciones necesarias para el cumplimiento de las actividades establecidas en el PIMDCyCE de RM, derivadas de ajustar diversos plazos para el cumplimiento a la sentencia, en los términos en que se propone en el presente Acuerdo.
21. En atención al Punto de Acuerdo referido, la DECEyEC ha diseñado y elaborado la Adenda al PIMDCyCE de RM. Precisiones operativas derivadas del acatamiento a la sentencia SUP-RAP-415/2021 y acumulados del TEPJF, en la que se incluyen los ajustes a los periodos y actividades en materia de captación de talento, selección y recontratación de las figuras de SE y CAE ad cautelam, integración de MDC, capacitación electoral, acordes con los ajustes a los plazos previstos en el PIMDCyCE de RM.
El propósito de las precisiones operativas al PIMDCyCE de RM, que se contemplan en esta Adenda, es establecer los ajustes necesarios para los periodos de ejecución y en algunos casos la redefinición de actividades en materia de captación de talento, selección y recontratación de las figuras de SE y CAE ad cautelam, integración de MDC, capacitación electoral, actividades de seguimiento y control de calidad a la integración de MDC y finalmente, las actividades del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero para RM sean realizadas, así como particularidades a los órganos subdelegacionales y en su caso delegacionales, que en acatamiento a la multicitada sentencia de la Sala Superior del TEPJF, se incorporan a la organización del proceso de RM.
24. La elaboración de la Adenda, obedece a las modificaciones derivadas de los Lineamientos y que en consecuencia, resulta necesario implementar y alinear dichos ajustes a los periodos y plazos previstos par...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR