Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 3-84-30 hectáreas de riego de uso común, de terrenos del ejido San Isidro, Municipio de Santiago Ixcuintla, Nay.

Fecha de disposición19 Diciembre 2011
Fecha de publicación19 Diciembre 2011
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 54, párrafo segundo de la Ley General de Bienes Nacionales; 93, fracción VII, 94 al 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76 al 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 01669 de fecha 15 de octubre de 2002, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria, la expropiación de 3-78-42.13 Has., de terrenos pertenecientes al ejido denominado "SAN ISIDRO", Municipio de Santiago Ixcuintla, Estado de Nayarit, para destinarlos al alojamiento del canal lateral 17+369 de la margen izquierda del río Santiago, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII, y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12882, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante oficio número 0165 de fecha 24 de febrero de 2004, recibido el 25 del mismo mes y año, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 3-84-30 Has., de terrenos de riego de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 1 de abril de 1936, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo del mismo año y ejecutada el 1 de mayo de 1937, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido "SAN ISIDRO", Municipio de Santiago Ixcuintla, Estado de Nayarit, una superficie de 875-00-00 Has., para beneficiar a 47 campesinos capacitados en materia agraria, más la parcela escolar; y por Decreto Presidencial de fecha 4 de marzo de 1965, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 del mismo mes y año, se expropió...

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