Exposición de Motivos

8 de junio de 2015 Página 5
Artículo 131.- Los diputados de la Legislatura del Estado, los magistrados y los integrantes del Consejo de la Judicatura del
Tribunal Superior de Justicia, los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los titulares de las
dependencias del Poder Ejecutivo y el Procurador General de Justicia y los integrantes de los órganos superiores de los
organismos a los que la presente Constitución les otorga autonomía son responsables de los delitos graves del orden
común que cometan durante su encargo y de los delito s, faltas u omisiones en que incurran en el ejercicio de sus funciones.
El Gobernador lo será igualmente, pero durante el período de su ejercicio sólo podrá ser acusado por delitos graves del
orden común y por delitos contra la seguridad del Estado.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Decreto, entrará en vigor al día siguiente de s u publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
TERCERO. Los Comisionados que actualmente integran el organismo autónomo garante podrán continuar en el ejercicio de
su encargo por el tiempo que reste al nombramiento del que fueron objeto, previa petición formal a la Legislatura dentro de
los diez días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, siempre y cuando su petición sea aprobada por
el voto de las dos terceras partes de los Diputados presentes, en cuyo caso, la Legislatura deberá resolver en un plazo de
diez días hábiles, de lo contrario se entenderá la negativa de su petición.
CUARTO. La Legislatura del Estado proveerá lo necesario para dar cumplimiento a lo establecido por el presente Decreto.
QUINTO. Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Decreto.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los cinco días
del mes de junio del año 2015.- Presidenta.- Dip. Guadalupe Gabriela Castilla García.- Secretaria.- Dip. María Gisela
Alejandra Parra Flores.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 8 de junio de 2015.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
Iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforman, adicionan y d erogan diversos
artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en materia de
transparencia y acceso a la información pública.
“2014. Año de los Tratados de Teoloyucan”
Toluca de Lerdo, Méx., a 10 de marzo de 2014.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR