Acuerdo mediante el cual se expiden los Lineamientos para la evaluación del desempeño de los servidores públicos de la Administración Pública Federal, así como su Anexo

Fecha de disposición02 Mayo 2005
Fecha de publicación02 Mayo 2005
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se expiden los Lineamientos para la evaluación del desempeño de los servidores públicos de la Administración Pública Federal, así como su Anexo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37 fracciones VI bis y XVIII bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 13 fracción V y 54 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 15 fracción X, 61, 70, 71, 72, 73 y 74 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que es facultad de la Secretaría de la Función Pública establecer normas y lineamientos en materia de planeación y administración de personal en el ámbito de la Administración Pública Federal;

Que la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, facultan a esta Secretaría para establecer lineamientos para la adecuada operación del proceso de evaluación del desempeño de los servidores públicos que ocupan un puesto en alguno de los rangos comprendidos en el Sistema de Servicio Profesional de Carrera, y

Que el desempeño de los servidores públicos debe evaluarse conforme a criterios que permitan medir objetivamente los resultados individuales de su desempeño, de manera cualitativa y cuantitativa y en función del puesto que cada uno de ellos ocupa, manteniendo su vinculación con los objetivos y metas de la dependencia en la que presten sus servicios; de tal manera que dicha evaluación promueva la excelencia del desempeño de los servidores públicos e impulse su desarrollo profesional en beneficio de la ciudadanía, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Artículo Unico

Se expiden los Lineamientos para la Evaluación del Desempeño de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal, conforme a lo siguiente:

  1. Objetivos

    a) Establecer los criterios que serán utilizados para determinar los métodos de evaluación del desempeño de los servidores públicos sujetos a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los criterios cualitativos y cuantitativos de valoración, calificación, y forma en que se definirán las metas de desempeño colectivo e individual.

    b) Fijar los criterios que serán utilizados para determinar los métodos de evaluación del desempeño de los servidores públicos, de los rangos de Enlace a Director General u homólogos, no sujetos a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

  2. Ambito de aplicación

    2.1. Estas disposiciones son de observancia obligatoria para las Secretarías de Estado, incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados, Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

    2.2. Las unidades administrativas de la Presidencia de la República, así como las entidades de la Administración Pública Federal Paraestatal podrán considerar las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos para evaluar el desempeño de sus servidores públicos.

  3. Sujetos de los lineamientos

    3.1. Los servidores públicos de carrera y de libre designación que ocupen un puesto en cualquiera de los rangos comprendidos en el Sistema de Servicio Profesional de Carrera, esto es, de enlace hasta director general, incluyendo los rangos de adjunto, homólogo o cualquier otro equivalente, en las dependencias y órganos administrativos desconcentrados de la Administración Pública Federal.

    Los servidores públicos que ocupan un puesto de los rangos señalados en el párrafo anterior en los Gabinetes de Apoyo, podrán ser evaluados en su desempeño conforme a las disposiciones previstas en los presentes Lineamientos, cuando así lo determine la dependencia u órgano administrativo desconcentrado de que se trate.

    3.2. Quedan excluidos de la aplicación de estos Lineamientos los miembros de las Fuerzas Armadas, del sistema de seguridad pública y seguridad nacional; los miembros del Servicio Exterior Mexicano y asimilado a éste; el personal docente de los modelos de educación básica, media superior y superior; el de las ramas médicas, paramédicas y grupos afines, así como quienes estén asimilados a un sistema legal de servicio civil de carrera y los que presten servicios profesionales mediante contrato sujeto al régimen de honorarios.

  4. Responsables de la aplicación

    4.1. El Comité Técnico de Profesionalización será responsable de la implantación y la Dirección General de Recursos Humanos de la aplicación de estos Lineamientos, para la evaluación del desempeño de los servidores públicos de carrera y de libre designación que ocupan un puesto en cualquiera de los rangos comprendidos en el Sistema de Servicio Profesional de Carrera.

    4.2. La Dirección General de Recursos Humanos o su equivalente será responsable de la aplicación de estos Lineamientos respecto de los servidores públicos que ocupen un puesto en cualquiera de los rangos de enlace a director general que no estén sujetos a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

  5. Definiciones

    Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

    Actividades extraordinarias: Para efectos de la evaluación del desempeño, las realizadas por servidores públicos en los casos en que se hagan cargo de otra función, en términos de los artículos 62 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 14 de su Reglamento.

    Aportaciones destacadas: Acciones realizadas por iniciativa propia del servidor público evaluado, cuyos resultados puedan ser verificados y documentados; y que contribuyan a mejorar el desempeño de sus funciones o las de cualquier otro servidor público o al logro de objetivos y/o metas institucionales o bien, que aporten beneficio a la población.

    Capacidades gerenciales o directivas: Conocimientos, habilidades o actitudes que, de manera general, y por el nivel de responsabilidad, deben tener los servidores públicos de carrera para el desempeño de sus funciones.

    Catálogo de objetivos y metas: Relación ordenada en la que se incluyen, describen y almacenan de forma individual y/o agrupada, los objetivos y/o metas institucionales, así como las metas de desempeño individual y las metas de desempeño colectivo.

    Comité: Al Comité Técnico de Profesionalización a que se refiere el artículo 72 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, encargado de la implantación de la evaluación del desempeño de los servidores públicos, que ocupen un puesto sujeto al Sistema del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos.

    Dependencia: Secretarías de Estado, incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados, departamentos administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

    Descripción de metas: Proceso que permite determinar los resultados esperados, concretos y específicos de un objetivo, así como sus parámetros.

    Despliegue de metas: Proceso que permite derivar y alinear metas de desempeño individual, a partir de los objetivos y/o metas institucionales y de la descripción del puesto.

    DGRH: A las Direcciones Generales de Recursos Humanos, sus equivalentes o las unidades encargadas de dichos recursos cualquiera que sea su denominación.

    Diálogo de Desarrollo: Proceso realizado por un servidor público y su superior jerárquico o supervisor, o bien al interior de un equipo de trabajo para concertar metas de desempeño individual, así como para planificar actividades, proyectar resultados, mejorar el rendimiento, y/o detectar necesidades de aprendizaje y de desarrollo profesional.

    Entidades: A las que constituyen la Administración Pública Paraestatal en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Evaluación del Desempeño: Conjunto coordinado de procesos que permite establecer los mecanismos de medición y valoración del desempeño de los servidores públicos.

    Evaluación multiperceptual: Proceso para medir capacidades con base en la apreciación sobre el nivel de dominio de éstas por parte de la propia persona evaluada y de una o más personas, tales como superior jerárquico y/o supervisores, subordinados o pares.

    Evaluado: Servidor público cuyo desempeño laboral es observado, analizado y calificado en términos de lo dispuesto en los presentes Lineamientos.

    Evaluador: Servidor público, sea superior jerárquico, supervisor directo, compañero del mismo rango, subordinado o el propio evaluado, que se encuentra en condiciones de observar, analizar, valorar y calificar el desempeño laboral del evaluado.

    Factor de evaluación: Elemento, rubro o dimensión del desempeño de un servidor público que es susceptible de ser observado, analizado, valorado y calificado. Pueden incluir subfactores.

    Herramienta de evaluación del desempeño: Conjunto de factores e indicadores, así como sus reglas de aplicación, procesamiento e interpretación de resultados, diseñados para medir el desempeño de una persona.

    Indicador: Instrumento para determinar, por medio de una unidad de medida, el grado de cumplimiento de un objetivo, meta o factor.

    Ley: Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

    Meta de Desempeño Individual: Resultados cuantificables, esperados de un servidor público, para evaluar su desempeño y su contribución al logro de los objetivos y/o metas institucionales.

    Metas de Desempeño Colectivo: Resultados cuantificables orientados al logro de objetivos estratégicos y/o metas institucionales de un área o unidad responsable, esperados de la misma, y que incluyen acciones de mejora.

    Método de evaluación: Modo ordenado y...

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