Las exenciones en materia tributaria

AutorJosé Mario Rizo Rivas
CargoSocio encargado de la práctica nacional de impuestos
Páginas12-20

Page 12

"La figura tributaria, en virtud de la cual se eliminan de la regla general de causación, ciertos hechos o situaciones imponibles, por razones de equidad, de conveniencia o de política económica".

Emilio Margáin Manautou.

Page 13

¿En qué consiste la figura jurídica de la exencion en materia tributaria?

A fin de poder analizar la figura jurídica de la exención en materia tributaria, conviene analizar en primer lugar la obligación tributaria y su relación entre los sujetos de la relación tributaria, y posteriormente los elementos del tributo.

Como sabemos, la relación tributaria se compone de dos sujetos: a) el sujeto activo y b) sujeto pasivo; en donde el primero es el Estado que tiene derecho a percibir o exigir el pago del tributo (acreedor), mientras que el segundo, es quien se encuentra obligado a realizar el pago del mismo (deudor), y ha sido definida por el Maestro de la Garza de la siguiente manera: "Aquella por virtud de la cual el acreedor tributario tiene derecho a exigir al deudor tributario principal o a los responsables el pago del tributo, es decir, al cumplimiento de la prestación de dar cuyo contenido es el pago de una suma de dinero o la entrega de ciertos bienes en especie".

Por su parte la obligación tributaria consiste en el objeto de la relación tributaria, es decir, es aquél elemento o vínculo que une al sujeto activo con el sujeto pasivo, y se puede identificar con aquél supuesto de hecho previsto en una ley que al actualizarse a través de una conducta o hecho, detona el nacimiento de dicha obligación y por ende, de la relación tributaria.

Lo anterior puede esquematizarse de la siguiente manera:

[VER PDF ADJUNTO]

Page 14

De manera que la obligación tributaria nace cuando el sujeto pasivo se ubica en uno de los supuestos (hipótesis normativa) previstos en la ley, y ello a su vez, genera la relación tributaria.

Ahora bien, considerando que la obligación tributaria consiste en una obligación de dar, hacer, no hacer o tolerar; como un ejemplo de las obligaciones de dar, podemos encontrar aquéllas en donde el sujeto pasivo o contribuyente se encuentra obligado a pagar un tributo al sujeto activo que es el Estado, es decir, estamos hablando de una obligación de pago.

Sin embargo, para que exista una obligación de pago de un tributo o impuesto, deben actualizarse primero los elementos del tributo, y enseguida, deberá actualizarse el hecho imponible presupuesto en la ley, para efectos de que un contribuyente, verdaderamente cuente con la obligación de pago.

Esto es, para efectos de que se considere que un particular pueda ser un sujeto pasivo de la relación tributaria, deberá ubicarse en los supuestos de la ley que contemplan los elementos del impuesto, como son: sujeto, objeto, base, tasa o tarifa y época de pago.

De manera que, si un particular encuadra en los dos primeros elementos cualitativos del tributo (sujeto y objeto), se entiende que, sin lugar a dudas, será sujeto del impuesto, mientras que los demás elementos cuantitativos serán aquéllos que definirán específicamente los montos y momentos de pago respectivos.

Ahora bien, una vez que ha quedado dilucidado lo anterior, podemos abordar el estudio de la exención tributaria y su concepto.

Al respecto, el Jurista Emilio Margáin Manautou ha definido a la exención tributaria de la siguiente manera: "La figura tributaria, en virtud de la cual se eliminan de la regla general de causación, ciertos hechos o situaciones imponibles, por razones de equidad, de conveniencia o de política económica".

Por su parte, el Maestro Raúl Rodríguez Lobato, señala lo siguiente: "Debemos subrayar que sólo puede haber exención ahí donde hay causación del tributo, pues la finalidad de éste privilegio establecido en la ley es la de no exigir a determinada categoría de contribuyentes el cumplimiento el cumplimiento de la obligación fiscal, pero sin que ello constituya un perdón de la deuda...", así mismo indica que: "...puede decirse que en materia impositiva a exención consiste en que por disposición de la ley queda liberado de su obligación el sujeto pasivo de la obligación fiscal, es decir, la exención es, esencialmente, una liberación de la obligación por disposición de ley...".

Analizando los conceptos expuestos por los dos juristas citados con anterioridad, podemos determinar que existen ciertos elementos que componen la exención tributaria, como son:

  1. Es un privilegio.

  2. Debe ser establecido únicamente en la ley.

  3. Ocurre posteriormente a que se ha causado el tributo.

  4. Únicamente es dirigida a ciertos sujetos pasivos.

  5. Atiende a razones de equidad, conveniencia o política económica.

Page 15

De los elementos antes señalados, se debe tener en consideración, que para que exista una liberación de pago, tiene que existir primero la obligación fiscal y la relación tributaria, es decir, el sujeto pasivo debe encuadrarse en los elementos cualitativos y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR