Acuerdo por el que se otorga al Excelentísimo señor Alvaro Enrique Arzú Irigoyen, la condecoración Orden Mexicana del Aguila Azteca, en grado de Banda

Fecha de disposición10 Noviembre 2000
Fecha de publicación10 Noviembre 2000
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se otorga al Excelentísimo señor Alvaro Enrique Arzú Irigoyen, la condecoración Orden Mexicana del Aguila Azteca, en grado de Banda.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 3o., 5o., 6o., fracción II, 33 y 40 a 43 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que es propósito del Gobierno de la República reconocer al Excelentísimo señor Alvaro Enrique Arzú Irigoyen por su relevante aportación al desarrollo de las relaciones bilaterales entre el Gobierno de la República de Guatemala y los Estados Unidos Mexicanos;

Que la Orden Mexicana del Águila Azteca es la Condecoración que, de acuerdo con la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles otorga el Estado Mexicano para reconocer públicamente la conducta, méritos singularmente ejemplares, así como determinados actos u obras valiosas o relevantes realizados por extranjeros en beneficio de la humanidad o del país;

Que conforme a los procedimientos legales establecidos, el Honorable Consejo de la Orden Mexicana del Águila Azteca, me ha propuesto otorgar al Excelentísimo señor Alvaro Enrique Arzú Irigoyen, la citada condecoración en el grado de Banda, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se otorga al Excelentísimo señor Alvaro Enrique Arzú Irigoyen, la condecoración Orden Mexicana del Águila Azteca, en grado de Banda.

ARTÍCULO SEGUNDO

La condecoración será entregada en la ciudad de Guatemala, Guatemala, el diez de noviembre de dos mil.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en...

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