Exacta aplicación de la Ley penal

AutorFrancisco Áureo Acevedo Castro
Páginas64-65
Francisco Áureo
Acevedo Castro
Licenciado en Derecho.
Especialista en materia Penal.
Miembro de NITA
(National Institute
for Trial Advocacy).
Conferencista en diferentes foros.
Exacta aplicación de la Ley penal
Acaba de darse a conocer la re-
solución del asunto personal
de Fiscal General de la Repú-
blica en contra de su familia política,
en el cual la Suprema Corte de Jus-
ticia de la Nación resolvió por una-
nimidad conceder la protección de
la Justicia de la Unión y ordenar la
libertad inmediata de las privadas de
su libertad, pero que fue lo que mo-
tivó esta resolución y porque el reti-
ro del primer proyecto de sentencia;
según se lee en las noticias, se trató
de una resolución en la que en el
fondo la Fiscalía General de Justicia
de la Ciudad de México judicializó
y el Tribunal Superior de Justicia de
la Ciudad de México vinculó a pro-
ceso a la cuñada y sobrina del Fiscal
“ga-
rante accesorio”, pero que es y como
es posible que se haya vinculado a
proceso por el delito de “homicidio
por omisión”.
Existe el delito de homicidio por
omisión, si los delitos son conductas
de acción o de omisión, este no es el
detalle a discutir, el tema es que en
      -
sorio, que nos dice el Código Penal
para la Ciudad de México:
ARTÍCULO 15 (Principio de
acto). El delito sólo puede ser rea-
lizado por acción o por omisión.
ARTÍCULO 16 (Omisión impro-
pia o comisión por omisión). En
los delitos de resultado material
será atribuible el resultado típico
producido a quien omita impe-
dirlo, si éste tenía el deber jurídi-
co de evitarlo, si:
I . Es garante del bien jurídico;
II . De acuerdo con las circunstan-
cias podía evitarlo; y
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cacia, equivalente a la actividad
prohibida en el tipo.
Es garante del bien jurídico el
que:
a). Aceptó efectivamente su
custodia;
b). Voluntariamente forma-
ba parte de una comunidad que
afronta peligros de la naturaleza;
c). Con una actividad prece-
dente, culposa o fortuita, generó
el peligro para el bien jurídico; o
d). Se halla en una efectiva
y concreta posición de custodia
de la vida, la salud o integridad
corporal de algún miembro de su
familia o de su pupilo.”
El Código Penal de la Ciudad de
México acabamos de leer, NO CON-
TEMPLA LA FIGURA DE GARAN-
TE ACCESORIO, ahora quien sería
ese garante accesorio, ejemplo, en
materia Civil, en la especialidad de
Derecho Familiar, cuando el padre
no hace pago de los alimentos de
los hijos, pueden ser requeridos los
abuelos, no el obligado directo, pero
que pasó en el asunto en concreto, el
hermano del Fiscal General falleció
y le imputaron a su cuñada la obli-
gación del deber de cuidarlo, pero el
fallecido, contaba con enfermero, y
la cuñada del Fiscal General no tie-
ne los conocimientos directos para
cargar con esa obligación, en su caso
mas allá de un cuidado quizá de co-
mida, baño, etc., pero no de un cui-
dado médico; pero no es todo lo que
estuvo en la resolución de la SCJN se
 “Garante acce-
sorio” derivado de la mala interpre-
tación del artículo 16 por parte del
Tribunal Superior de Justicia y por
ende de la Fiscalía General de Justi-
cia de la Ciudad de México, puesto
que se pidió orden de aprehensión y
se llevó a cabo audiencia inicial y se
vinculó a proceso.
¿Qué pasó en este asunto? Se aplicó
inexactamente la ley penal, se inter-
pretó de manera análoga, lo que no
debe suceder jamás en esta materia
    -
ta para los legisladores, me permito
darles a conocer la siguiente juris-
prudencia:
Registro digital: 175595
Instancia: Primera Sala
Novena Época
Materias(s): Constitucional, Penal
Tesis: 1a./J. 10/2006
Fuente: Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta. Tomo
XXIII, Marzo de 2006, página 84
Tipo: Jurisprudencia
EXACTA APLICACIÓN DE LA
LEY PENAL. LA GARANTÍA,
CONTENIDA EN EL TERCER
PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 14
DE LA CONSTITUCIÓN FEDE-
RAL, TAMBIÉN OBLIGA AL
   
alcance de dicha garantía consti-
tucional no se limita a constreñir
a la autoridad jurisdiccional a
que se abstenga de imponer por
simple analogía o por mayoría de
razón, pena alguna que no esté
decretada por una ley exactamen-
te aplicable al hecho delictivo de
que se trata, sino que también
obliga a la autoridad legislativa
a emitir normas claras en las que
se precise la conducta reprocha-
ble y la consecuencia jurídica por
   
que la pena se aplique con estric-
ta objetividad y justicia; que no se
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arbitraria del juzgador, ni se cau-
se un estado de incertidumbre
jurídica al gobernado a quien se
le aplique la norma, con el des-
conocimiento de la conducta que
constituya el delito, así como de
la duración mínima y máxima de
la sanción, por falta de disposi-
ción expresa.
Tesis de jurisprudencia 10/2006.
Aprobada por la Primera Sala de
este Alto Tribunal, en sesión de
primero de marzo de dos mil seis.
Es importante que tanto los legisla-
dores como los que procuran justicia
y los que la imparten, en caso de que
lo detecten y apliquen, aun sin que lo
solicite la defensa, la interpretación
de la Ley en lo que mas favorezca y
con exactitud en pro de los derechos

“La resolución de la Corte aclaró
que, en derecho penal, no existe
    
que la Fiscalía capitalina imputó
a Cuevas y que avalaron los jue-
ces locales.
Incluso, el Ministro José Luis
González Alcántara propuso que
la Corte reconociera que Cuevas
  -
da por parte de los órganos del
Estado a su derecho de libertad

Periódico Reforma 29/mzo/2022
“Inocente es quien no necesita
explicarse.”
ALBERT CAMUS
¿Has pensado que tu cocina
necesita un cambio de look, pero no
sabes por dónde empezar?
Las cocinas son un espacio sagra-
do para los apasionados de la cocina.
Es su lugar de trabajo, de recreación
e incluso de descanso, pero ¿qué pasa
cuando este espacio no tiene la armo-
nía que buscas o necesitas para llevar
a la práctica las artes culinarias? Pue-
de llegar a ser tedioso el momento
en este lugar y tal vez lo que le hace
falta es algo de color que la haga más
atractiva a la hora de estar ahí.
Pintar una cocina puede dar una
sensación de amplitud y comodidad
a la hora de estar ahí y conseguir que
nos sintamos más a gusto y alegres.
En KitchenAid sabemos que la elec-
ción del color no siempre es fácil,
debemos encontrar el tono ideal a
nuestro gusto.
Al renovar un espacio lo que se
busca es generar un ambiente agra-
dable, cálido, y sobre todo que no
canse. Por ello, te traemos una reco-
mendación para la transformación,
el color Beetroot, color del año 2022
de la nueva batidora KitchenAid y
aquí te explicamos por qué va bien
con todo.
Se dice que, el magenta, es el co-
lor universal de la armonía y el
   
pero pragmático, despierta la lógi-
ca y perspicacia. Además, se puede
asociar a la compasión, el apoyo y la
bondad, y con sentimientos de auto-
estima y satisfacción.
El tono Beetroot, lo único que
busca es desaparecer viejas ideas y
tener otras completamente nuevas.
El magenta se adapta bien a los es-
fuerzos creativos e inconformistas.
Además, este color es el tono
ideal para hacer la transición a una
decoración ya que, combina con
varias tonalidades y puede comple-
mentar en espacios de tonos neutros
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azul y ¿por qué no? También el ver-
de. Lo mejor es que combina con tu
cocina a la perfección, dale esa nue-
va vida a ese espacio en el cuál creas
magia en tu hogar.
Recordemos que la nueva batido-
ra Beetroot de KitchenAid, cuenta
con 10 velocidades diferentes para
que el cocinero pueda mezclar, ama-
sar y batir ingredientes de forma rá-
pida y sencilla. Además de que es el
aditamento ideal para combinar con
tu cocina.
¡Este color cambiará tu 2022, dale
esa oportunidad de sorprenderte!
¡Dale vida, dale Beetroot a tu hogar!
La batidora Beetroot está dispo-
nible en www.kitchenaid.mx/color-
of-the-year
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Reinventa los colores de tu cocina
Sobre KitchenAid
Desde el lanzamiento de su legen-
daria batidora en 1919 y la prime-
ra máquina lavavajillas en 1949,
KitchenAid ha construido una línea
icónica de productos diseñados para
los amantes de la cocina. La marca
KitchenAid® ofrece prácticamente
todo lo esencial para equipar perfec-
tamente una cocina, con una colec-
ción que incluye todo desde hornos
empotrados hasta refrigeradores y
cavas de vino.
Domum
razón, pena alguna que no esté
decretada por una ley exactamen-
te aplicable al hecho delictivo de
que se trata, sino que también
obliga a la autoridad legislativa
a emitir normas claras en las que
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se un estado de incertidumbre
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le aplique la norma, con el des-
conocimiento de la conducta que
constituya el delito, así como de
la duración mínima y máxima de
la sanción, por falta de disposi-
ción expresa.
Tesis de jurisprudencia 10/2006.
Aprobada por la Primera Sala de
este Alto Tribunal, en sesión de
primero de marzo de dos mil seis.
Es importante que tanto los legisla-
dores como los que procuran justicia
y los que la imparten, en caso de que
lo detecten y apliquen, aun sin que lo
solicite la defensa, la interpretación
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con exactitud en pro de los derechos
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que, en derecho penal, no existe
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Periódico Reforma 29/mzo/2022
“Inocente es quien no necesita
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ALBERT CAMUS
edicta-Marzo-2022- 65
Francisco Áureo
Acevedo Castro
Licenciado en Derecho.
Especialista en materia Penal.
Miembro de NITA
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Conferencista en diferentes foros.
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Acaba de darse a conocer la re-
solución del asunto personal
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blica en contra de su familia política,
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la Justicia de la Unión y ordenar la
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tivó esta resolución y porque el reti-
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según se lee en las noticias, se trató
de una resolución en la que en el
fondo la Fiscalía General de Justicia
de la Ciudad de México judicializó
y el Tribunal Superior de Justicia de
la Ciudad de México vinculó a pro-
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sorio, que nos dice el Código Penal
para la Ciudad de México:
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acto). El delito sólo puede ser rea-
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ARTÍCULO 16 (Omisión impro-
pia o comisión por omisión). En
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será atribuible el resultado típico
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Es garante del bien jurídico el
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custodia;
b). Voluntariamente forma-
ba parte de una comunidad que
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dente, culposa o fortuita, generó
el peligro para el bien jurídico; o
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familia o de su pupilo.”
El Código Penal de la Ciudad de
México acabamos de leer, NO CON-
TEMPLA LA FIGURA DE GARAN-
TE ACCESORIO, ahora quien sería
ese garante accesorio, ejemplo, en
materia Civil, en la especialidad de
Derecho Familiar, cuando el padre
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que pasó en el asunto en concreto, el
hermano del Fiscal General falleció
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estuvo en la resolución de la SCJN se
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tación del artículo 16 por parte del
Tribunal Superior de Justicia y por
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que se pidió orden de aprehensión y
se llevó a cabo audiencia inicial y se
vinculó a proceso.
¿Qué pasó en este asunto? Se aplicó
inexactamente la ley penal, se inter-
pretó de manera análoga, lo que no
debe suceder jamás en esta materia
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ta para los legisladores, me permito
darles a conocer la siguiente juris-
prudencia:
Registro digital: 175595
Instancia: Primera Sala
Novena Época
Materias(s): Constitucional, Penal
Tesis: 1a./J. 10/2006
Fuente: Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta. Tomo
XXIII, Marzo de 2006, página 84
Tipo: Jurisprudencia
EXACTA APLICACIÓN DE LA
LEY PENAL. LA GARANTÍA,
CONTENIDA EN EL TERCER
PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 14
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-edicta-Marzo-2022
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