De los Exámenes de Aspirante y Definitivo
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 711-716 |
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ARTÍCULO 7
Entidad encargada de la elaboración de los exámenes
Los exámenes para aspirante, así como el definitivo, serán elaborados por la Secretaría y se realizarán de conformidad con lo dispuesto por la Ley y este Reglamento.
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ARTÍCULO 8
Bases para realizar los exámenes para aspirante
Losexámenesparaaspirantese realizarán de conformidad con lassiguientesbases:
I. Las preguntas deberán estar redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, y versar sobre cuestiones teóricas y prácticas de relevancia y actualidad en la materia;
II. Deberán ser formulados por licenciados en derecho con título legalmente expedido y aprobados por el titular de la Dirección General competente de la Secretaría;
III. Deberán contener el número de preguntas suficientes para realizar una evaluación general de los conocimientos del sustentante en mate-ria jurídica con énfasis en derecho mercantil en general, de fe pública, intermediación, mediación, valuación y arbitraje;
IV. El examen podrá ser elaborado y presentado mediante el uso de los medios electrónicos que establezca la Secretaría; y
V. La Secretaría podrá solicitar la intervención de los Colegios de Corredores Públicos, en su caso, para la elaboración y desarrollo de los exámenes.
La Secretaría elaborará cuando menos cinco cuestionarios, los cuales deberán renovarse por periodos mínimos de cuatro meses.
ARTÍCULO 9
Formalidades de la solicitud para realizar el examen de aspirante
Para la realización del examen de aspirante deberá presentarse directamente ante la Secretaría, o a través del colegio de corredores local, la solicitud respectiva debidamente cumplimentada y firmada, en la cual se declare bajo protesta de decir verdad que los datos contenidos en ella son ciertos y que el firmante nunca ha sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal, acompañada de la siguiente documentación:
I. Acta de nacimiento o comprobante de nacionalidad mexicana;
II. Título profesional de licenciado en derecho, así como la cédula respectiva;
III. Constancia de haber realizado práctica profesional durante dos años en correduría pública o notaría, por lo menos;
IV. Curriculum vitae; y
V. EncasodequelaClaveUnicadeRegistrodePoblación(CURP)no seencuentreasentadaenlacédulamencionadaenlafracciónIIdelpresente artículo, deberá anexarse a la solicitud la constancia que contenga la CURP.
ARTÍCULO 10
Plazo para la resolución de la solicitud y notificación para la aplicación de examen
La Secretaría resolverá dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud requisitada y, en su caso, notificará al interesado, personalmente, o por cualquier medio de comunicación electrónica cuando así lo haya aceptado expresamente el solicitante, la fecha, lugar y hora en que tendrá lugar el examen para aspirante, así como las bases y reglas a que se...
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