Evolución de la medicina forense en México 1940-2015

AutorMario Alva Rodríguez
Páginas657-665

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EN 1940, la Ciudad de México alojaba a un millón, 757 mil, 530 habitantes, hoy son 8 millones, 840 mil. El país contaba con 19 millones, 653 mil, 552 personas, hoy son 125 millones, 958 mil, 881 las que lo habitan.

En dicho año, la materia se denominaba generalmente como, medicina legal, era ejercida empíricamente por médicos con dedicaciones profesionales diversas, ya que no existía, de manera formal, la especialidad.

Las necesidades periciales médicas de las instituciones de procuración e impartición de justicia, se cubrían con la contratación temporal o permanente de médicos que deseaban allegarse un ingreso económico añadido al de su desempeño privado.

Por fortuna, algunos de ellos descubrieron que la materia era fascinante y que tenía gran relevancia para la resolución de los asuntos que habían motivado su intervención y, al perseverar en la ocupación, fueron adquiriendo conocimientos y experiencia, que los convirtieron en destacados expertos.

Sin embargo, hay que decir que el ejercicio de la medicina legal se daba en condiciones muy precarias, pues no existían locales apropiados, ni instrumental y equipo de apoyo y los sueldos eran muy bajos. Todo ello observable en las entidades federativas, con una moderada mejoría en algunas ciudades capital y, con mejor organización en el Distrito Federal.

El Servicio Médico Legal del Distrito Federal, se alojó en oicinas anexas a las cortes penales inmediatas a la Penitenciaría del Distrito Fe-deral (Lecumberri) en donde los peritos resolvían sobre clasiicación de lesiones, determinación de edad, delitos sexuales, psiquiatría, etcétera. En el mismo ediicio se encontraba el laboratorio de toxicología.

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La práctica de autopsias se llevaba al cabo en un local, totalmente inadecuado, del Hospital Juárez de la colonia de los Doctores en el Distrito Federal, tanto por los peritos del Servicio Médico Legal, como por los médicos del propio Hospital. Allí concurrían los estudiantes de las escuelas de Medicina y de Jurisprudencia, a recibir las enseñanzas de los profesores de la materia.

El Servicio Médico Legal para la administración de la justicia en el Distrito Federal se regía por la Ley Orgánica de los Tribunales Comunes del Distrito y Territorios Federales, expedida el 28 de enero de 1935, que en su artículo 219 expresaba: "El Servicio Médico Legal del Distrito Federal será desempeñado por los médicos de delegaciones, de hospitales, de cárceles y por los peritos médicos-legistas...".

Existe de acuerdo con este ordenamiento, un cuerpo de peritos médicos independiente totalmente de las delegaciones, hospitales y cárceles, adscrito al Tribunal Superior de Justicia. Funciona de acuerdo con un Reglamento interior que fue expedido el 27 de junio de 1921 y que en su artículo 1o. establece que: "...el cuerpo de peritos médicos legistas contará para la realización de sus ines con una oicina, un aniteatro de disecciones y un laboratorio para peritos químicos...".

La misma Ley en su artículo 224 dice:

...habrá en la Ciudad de México 15 peritos médicos legistas que se encargarán del servicio médico legal del Distrito Federal y de los cuales, cuando menos tres deberán ser especialistas en psiquiatría y cuando menos dos deberán dedicarse a la resolución de los problemas relacionados con la Medicina del Trabajo...

Auxilian en sus labores, a estos peritos, dos peritos auxiliares, dos químicos toxicológicos, un anatomopatologista, un laboratorista clínico o bacteriólogo y el personal administrativo por un secretario que debe ser médico.

Una de las características de esta ley es la que dispone que

...el cargo de perito médico-legista se obtendrá por oposición ante Jurado, presentando el aspirante una prueba práctica y el desarrollo de un tema teórico de Medicina Legal; deberá reunir el que aspire al puesto de perito, los siguientes requisitos: tener más de 30 años de edad y cuando menos 5 de práctica profesional.

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Desgraciadamente ésta sana disposición, ante la carencia de aspirantes idóneos, se vio sustituida en la realidad por un nombramiento directo proveniente de un nivel superior, que no siempre resultó acertado.

En 1940, el Servicio Médico Legal del Distrito Federal era la única institución colegiada de la materia de la República mexicana, por lo que solicitaban su auxilio, no sólo el Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales del cual dependía directamente, sino también la Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales, la Procuraduría General de la República, los juzgados de distrito, los Tribunales de Conciliación y Arbitraje, el Tribunal para menores, los Tribunales Superiores de Justicia y las Procuradurías de Justicia de todas las entidades federativas.

Ante tan considerable demanda, se hizo...

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