Acuerdo por el que se autoriza la relotificación de las etapas 1, 4 y 5 del fraccionamiento de tipo popular denominado 'Los Viñedos', ubicado en la Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto, Municipio de Querétaro, Qro.

20 de septiembre de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9627
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADA HARLETTE RODRIGUEZ MENINDEZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA
FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO
DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 06 de agosto de 2013 dos mil trece, el Ayuntamiento de
Querétaro en el punto 3.5.7 tres punto cinco punto siete del Orden del día, aprobó por unanimidad de votos de
los presentes, el Acuerdo por el que se autoriza la Relotificación de las Etapas 1, 4 y 5 del Fraccionamiento de
tipo popular denominado “Los Viñedos”, ubicado en la Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto de esta
ciudad, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓNES II Y V INCISO D) DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 Y 2; 30 FRACCIÓN II INCISO D) Y 38 FRACCIÓN VIII DE LA
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1°, 13 FRACCIÓN I, II, III, IV, VII Y XVII, 16
FRACCIONES I, VI, VII, 143, 144, 145, 149, 150, 162 Y 163 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE
QUERÉTARO; 73 DEL CODIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; 22, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 28 Y 34 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, el municipio posee personalidad jurídica y patrimonio propio y el Ayuntamiento, como
órgano de gobierno del mismo, se encuentra facultado para aprobar las disposiciones que organicen la
administración pública municipal que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos
de su competencia.
2. Acorde a lo que establece el artículo 149 del Código Urbano del Estado de Querétaro, el desarrollador
podrá solicitar a la autoridad competente, la relotificación de los desarrollos inmobiliarios cuando éstos no
rebasen la densidad autorizada en los programas de desarrollo urbano donde se ubique el predio a
desarrollar; por lo que corresponde al Honorable Ayuntamiento resolver lo referente a la Autorización de
la Relotificación de las etapas 1, 4 y 5 del fraccionamiento de tipo popular denominado “Los Viñedos”,
ubicado en la Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto de esta ciudad.
3. Mediante escritos de fecha 17 de junio y 27 de junio de 2013, dirigidos a la Secretaría del Ayuntamiento,
la persona moral denominada “Altta Homes Centro Sur”, Sociedad de Responsabilidad Limitada de
Capital Variable, solicita se someta a consideración del Cabildo la Autorización de la Relotificación de las
etapas 1, 4 y 5 del fraccionamiento de tipo popular denominado “Los Viñedos”, ubicado en la Delegación
Municipal Felipe Carrillo Puerto de esta ciudad.
4. La solicitante acredita su legal existencia, así como la propiedad del predio respecto del cual solicita la
Relotificación y la debida representación a través de los instrumentos siguientes:
4.1 Escritura pública 53,345 de fecha 08 de mayo de mil novecientos noventa y ocho, pasada ante la fe
de Miguel Alessio Robles, Notario Adscrito a la Notaría Pública número 19 del Distrito Federal,
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Querétaro bajo el folio
mercantil 4575/1; en la que se hace constar el Acta Constitutiva de la persona moral “DRT-PULTE”
Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR