Estudio Justificativo de la Zona Sujeta a Conservación Ecológica “Peña Colorada”.

Pág. 1316 PERIODICO OFICIAL 22 de abril de 2005
PRIMERA PUBLICACION
GOBIERNO MUNICIPAL
ESTUDIO JUSTIFICATIVO DE LA
ZONA SUJETA A CONSERVACIÓN ECOLÓGICA
“PEÑA COLORADA”
El presente estudio justificativo ha sido elabo-
rado por la Dirección de Ecología Municipal de
Querétaro en coordinación y con la colaboración de
la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Gobier-
no del Estado de Querétaro.
a) Ubicación geográfica
El área propuesta para conservación como
área natural protegida se ubica en el centro - orien-
te del Municipio de Querétaro, se trata de un siste-
ma de cañadas orientadas de este a oeste a 10 km
de distancia del centro de la ciudad de Querétaro,
entre las coordenadas geográficas 20º 45' y 20º 40'
18" de latitud norte y 100º 26º 28" y 100º 23' de
longitud oeste.
Administrativamente el área de conservación
pertenece a las delegaciones de Santa Rosa Jáu-
regui y Epigmenio González, formando parte de los
ejidos Jurica, Santa Rosa Jáuregui, El Salitre, San
Pablo, Juriquilla, San José Buenavista y La Solana.
La zona contiene una serie de cañadas flan-
queadas al oeste por un escarpe de falla que corre
paralelo a la carretera Querétaro – San Luis Potosí,
en su parte oriental las máximas elevaciones se
alinean en dirección norte - sur, comenzando al
norte por el Cerro Rueda Panales (2,340 msnm y el
punto más alto del área), Cerro Chato (2,290
msnm), Cerro Prieto (2,270 msnm) y Cerro Peña
Colorada (2,230 msnm). La meseta tiene una altitud
promedio de 2,000 a 2,100 msnm y la base de la
misma varía su altitud de 2,050 en el norte (comu-
nidad de La Solana) y oriente (Libramiento noro-
riente), 1,950 msnm., al poniente (en la Autopista
57, a la altura del Motel Azteca), 1,900 msnm en la
ladera continua al Bordo El Salitre y 1,850 (el punto
más bajo del área) en las afueras de la Comunidad
El Salitre. (Carta topográfica INEGI 1973, F14C65).
b) Vías de acceso
El límite norte de la zona esta definido por el
camino Santa Rosa Jáuregui – La Solana, hasta el
libramiento nororiente de la carretera 57; por el
oriente el borde está marcado por el límite munici-
pal entre Querétaro y El Marqués, mientras el ex-
tremo sur del área es el camino de la carretera 57 a
la comunidad de El Salitre y hasta El Obraje, si-
guiendo el cauce del arroyo El Salitre. Por el po-
niente el límite lo define la carretera 57 (Querétaro -
San Luis Potosí) desde la entrada al Salitre hasta la
entrada a La Solana.
De acuerdo con los Planes Parciales de De-
sarrollo Urbano de las Delegaciones Santa Rosa
Jáuregui y Epigmenio González (H. Ayuntamiento
de Querétaro, 2000), el área esta consignada con
un destino de Preservación Ecológica y zona de
protección ecológica de protección especial (PEPE)
y una mínima porción al noroeste, como zona de
protección ecológica de conservación (PEC). La
descripción de los usos permitidos y condicionados
en estas dos categorías se resumen en la tabla
siguiente.
Categoría de uso de
suelo Destinos
Permitidos Condicionados
PEC Lo que determine el Programa de Manejo correspondiente Lo que determine el Programa de
Manejo correspondiente
PEPE Antenas, mástiles, torres de más de 30 m, cuerpos de
agua, canales y lagos para regata, senderos o miradores.
Agricultura: Pastos, bosques viveros, zonas de control am-
biental, estanques y canales.
Instalaciones para cultivo piscícola.
Parques para remolques, cam-
pismo y cabañas.

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