Estructura Programática a Emplear en el Proyecto de Presupuesto de Egresos2018

NOTA INFORMATIVA
Julio 3, 2017
notacefp / 014 / 2017
ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA 2018
Definición
Conforme a la fracción XXII del artículo de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Estructura Programática (EP) es el conjunto de
categorías y elementos programáticos ordenados en forma coherente, el cual define las
acciones que efectúan los ejecutores de gasto para alcanzar sus objetivos y metas de
acuerdo con las políticas definidas en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y en los
programas y presupuestos, así como ordena y clasifica las acciones de los ejecutores de
gasto para delimitar la aplicación del gasto y permite conocer el rendimiento esperado de
la utilización de los recursos públicos”.
Normatividad
El artículo 27 de la misma LFPRH señala que “la estructura programática deberá ser sencilla
y facilitar el examen del Presupuesto y sólo sufrirá modificaciones cuando éstas tengan el
objetivo de fortalecer dichos principios”. Por tal razón, se entiende, la EP debe sufrir el
menor número de cambios posible.
Por su parte, la fracción II del artículo 42 establece que, a más tardar el 30 de junio de cada
año, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP), remitirá a la Cámara de Diputados la estructura programática a emplear en el
proyecto de Presupuesto de Egresos del siguiente ejercicio fiscal.
En acatamiento a esta disposición el pasado día 30 de junio la SHCP presentó la EP
correspondiente al Proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación 2018.

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