Acuerdo de estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas
Fecha de disposición | 30 Marzo 1999 |
Fecha de publicación | 30 Marzo 1999 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO de estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
HERMINIO BLANCO MENDOZA, Secretario de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o. de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal; 5o. fracción I de los Estatutos del Consejo Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y 5o. fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, y
CONSIDERANDO
Que los Estatutos del Consejo Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicado el 23 de mayo de 1995, prevén que el Consejo tendrá por objeto estudiar, diseñar y coordinar la instrumentación de las medidas de apoyo para promover la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como promover los mecanismos para que reciban asesoría integral especializada, y
Que los criterios de estratificación vigentes han sido superados, propiciando la divergencia de clasificaciones, por lo que es conveniente definir los estratos con la finalidad de establecer rangos acordes con las necesidades actuales que apoyen y promuevan la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas, así como orientar la homologación con las tendencias mundiales, motivo por el que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
Se establecen los criterios de estratificación de empresas de la siguiente manera:
TAMAÑO | SECTOR CLASIFICACION POR NUMERO DE EMPLEADOS | ||
INDUSTRIA | COMERCIO | SERVICIOS | |
MICROEMPRESA | 0-30 | 0-5 | 0-20 |
PEQUEÑA EMPRESA | 31-100 | 6-20 | 21-50 |
MEDIANA EMPRESA | 101-500 | 21-100 | 51-100 |
GRAN EMPRESA | 501 EN ADELANTE | 101 EN ADELANTE | 101 EN ADELANTE |
Las dependencias y organismos empresariales podrán solicitar la inclusión de nuevos criterios de estratificación para adaptarla a sus características particulares, previa consulta y aprobación del Consejo Nacional de las Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Una vez que el Consejo valide la solicitud, la propondrá a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial para su aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente...
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