NORMA Oficial Mexicana NOM-049-STPS-1993, Higiene industrial - Medio ambiente laboral - Determinación de estireno en aire -Método de cromatografía de gases.

Fecha de disposición23 Diciembre 1993
Fecha de publicación23 Diciembre 1993
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-049-STPS-1993, Higiene industrial - Medio ambiente laboral - Determinación de estireno en aire -Método de cromatografía de gases.

23-12-93

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

NORMA OFICIAL MEXICANA: NOM-049-STPS-1993. HIGIENE INDUSTRIAL MEDIO AMBIENTE LABORAL-DETERMINACION DE ESTIRENO EN AIRE-METODO DE CROMATOGRAFIA DE GASES.

ARSENIO FARELL CUBILLAS, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16, 40 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administracion Pública Federal; 512, 523 fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracciones I y VII, 41 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2o., 3o. y 5o. del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 2 de julio de 1993, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el Anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana;

Que en sesión de fecha 7 de julio de 1993, el expresado Comité consideró correcto el Anteproyecto y acordó que se publicara como Proyecto en el Diario Oficial de la Federación;

Que con fecha 26 de julio de 1993, en cumplimiento del acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;

Que con fecha 24 de octubre de 1993, venció el término de 90 días naturales previstos en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización sin que el expresado Comité haya recibido comentario alguno al Proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana;

Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que con fecha 26 de octubre de 1993, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:

Norma Oficial Mexicana: NOM-049-STPS-1993. Higiene Industrial-Medio Ambiente Laboral-Determinación de Estireno en Aire-Método de Cromatografía de Gases.

  1. Introducción.

    Sustancia: Estireno.

    Medio ambiente: Aire.

    Rango: 420 - 1710 mg/m3.

    Nivel máximo de concentración permisible: El establecido en la NOM-010-STPS (véase apéndice).

    ____

    Coeficiente de variación (CVt): 0.057.

    Procedimiento: Adsorción en carbón activado, desadsorción con disulfuro de carbono, cromatografía de gases (C.G.)

    Precaución: Todo el trabajo con disulfuro de carbono debe llevarse a cabo en una campana de extracción de vapores debido a su alta toxicidad.

  2. Objetivo y campo de aplicación.

    Esta Norma Oficial Mexicana establece el procedimiento de cromatografía de gases para la determinación de Estireno en el aire del medio ambiente laboral.

  3. Principio del método.

    2.1 Un volumen conocido de aire es pasado a través de un tubo de carbón activado para atrapar los vapores orgánicos presentes.

    2.2 El carbón activado del tubo se transfiere a un recipiente de muestreo pequeño tapado, y la sustancia a analizar se desadsorbe con disulfuro de carbono.

    2.3 Se toma una alícuota de la muestra desadsorbida, se inyecta en un cromatógrafo de gases.

    2.4 Se determina el área del pico resultante y se compara con las áreas obtenidas de la inyección de patrones.

  4. Rango de sensibilidad.

    3.1 Este método se estableció para un rango de 420-1710 mg/m3 a temperatura y presión atmosférica de 296 K y 100.525 kPa (23ºC y 754 mm Hg), usando una muestra de 5 L. Bajo las condiciones del tamaño de muestra (5 L), el rango probable de uso de este método es de 85-2560 mg/m3, a una sensibilidad del detector que dé una deflección casi completa en el graficador de resultados para una muestra de 13 mg. Este método es capaz de cuantificar cantidades mucho más pequeñas si la eficiencia de desadsorción es la adecuada.

    La eficiencia de desadsorción debe determinarse para el rango usado.

    3.2 El límite superior del rango del método depende de la capacidad adsorbente del tubo de carbón activado. Esta capacidad varía con las concentraciones del componente a analizar y de otras sustancias presentes en el aire. Se encontró que la primera sección del tubo de carbón activado, no tenía más de 36 mg de Estireno, cuando se muestreó una atmósfera de prueba de 1719 mg/m3 de Estireno en el aire, a un flujo de 0.19 l/min por 111 min; por ejemplo, en este tiempo la concentración del componente a analizar en el derrame fue menor del 5% en el afluente.

    El tubo de carbón activado consiste de dos secciones de carbón activado separadas por una sección de espuma de poliuretano. (véase 7.2). Si se sospecha que una atmósfera en particular contiene gran cantidad de contaminante, debe tomarse una muestra de menor volumen.

  5. Interferencias.

    4.1 Cuando la...

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