Estatutos Sociales de DICONSA, S.A. de C.V.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaria de Agricultura y Desarrollo Rural

ESTATUTOS Sociales de DICONSA, S.A. de C.V. ESTATUTOS SOCIALES DE DICONSA, S.A. DE C.V.

CAPÍTULO PRIMERO

DE LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD

CLÁUSULA PRIMERA.- CONSTITUCIÓN.

CLÁUSULA SEGUNDA.- DENOMINACIÓN.

CLÁUSULA TERCERA.- OBJETO.

CLÁUSULA CUARTA.- DURACIÓN.

CLÁUSULA QUINTA.- DOMICILIO.

CLÁUSULA SEXTA.- NACIONALIDAD.

CAPÍTULO SEGUNDO

DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LAS ACCIONES

CLÁUSULA SÉPTIMA.- CAPITAL SOCIAL.

CLÁUSULA OCTAVA.- CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO.

CLÁUSULA NOVENA.- CAPITAL AUTORIZADO.

CLÁUSULA DÉCIMA.- AUMENTOS DEL CAPITAL SOCIAL.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- REDUCCIONES DEL CAPITAL SOCIAL.

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- REGISTRO DE VARIACIONES DEL CAPITAL SOCIAL.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- ACCIONES.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- TRANSMISIÓN DE ACCIONES.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- EXTRAVÍO, ROBO O DESTRUCCIÓN DE TÍTULOS.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- REGISTRO DE ACCIONISTAS.

CAPÍTULO TERCERO

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- DIRECTIVOS.

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- REUNIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

CLÁUSULA VIGÉSIMA.- FACULTADES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

ATRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DE DICONSA.

CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR GENERAL.

CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE ÓRGANOS DE GOBIERNO.

CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE PRECIOS DE GARANTÍA Y

ESTÍMULOS.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.

CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR COMERCIAL.

CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y PROYECTOS.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE OPERACIONES DE DICONSA.

CAPÍTULO CUARTO

DE LAS SUPLENCIAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE DICONSA

CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA.- SUPLENCIA DEL DIRECTOR GENERAL.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA.- SUPLENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE DICONSA, S.A. DE C.V.

CAPÍTULO QUINTO

DE LA VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD

CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA.- NOMBRAMIENTOS DE LOS COMISARIOS Y DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA CUARTA.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS COMISARIOS Y DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL.

CAPÍTULO SEXTO

DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

CLÁUSULA TRIGÉSIMA QUINTA.- NATURALEZA Y FINALIDADES.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEXTA.- CLASIFICACIÓN.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- ASAMBLEAS ORDINARIAS.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA OCTAVA.- ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS.

CLÁUSULA TRIGÉSIMA NOVENA.- CONVOCATORIA.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA.- REQUISITOS.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- ACTAS.

CAPÍTULO SÉPTIMO

DE LA SITUACIÓN FINANCIERA Y RESULTADOS

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA SEGUNDA.- EJERCICIO FISCAL.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA TERCERA.- ESTADOS FINANCIEROS.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA CUARTA.- APLICACIÓN DE RESULTADOS.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA QUINTA.- DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA SEXTA.- AMORTIZACIÓN DE PÉRDIDAS.

CAPÍTULO OCTAVO

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA.- CAUSAS DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA OCTAVA.- NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES.

CLÁUSULA CUADRAGÉSIMA NOVENA.- LIQUIDACIÓN.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- FECHA DE ENTRADA EN VIGOR.

SEGUNDO.- SE DEROGAN LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS QUE SE OPONGAN AL CONTENIDO DE ESTOS ESTATUTOS SOCIALES.

TERCERO.- INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO.

CUARTO.- ADECUACIONES JURÍDICAS INTERNAS.

CAPÍTULO PRIMERO

DE LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD

CLÁUSULA PRIMERA.- CONSTITUCIÓN.

El Gobierno Federal y "LICONSA", Sociedad Anónima de Capital Variable, esta última con domicilio en el Estado de México, por derecho propio, han constituido una Sociedad Mercantil Anónima de Capital Variable que se regirá por lo dispuesto en estos Estatutos Sociales, en la Ley General de Sociedades Mercantiles; en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, en sus Reglas de Operación; así como en las demás Leyes, decretos y acuerdos aplicables.

CLÁUSULA SEGUNDA.- DENOMINACIÓN.

La Sociedad se denomina "DICONSA", y va seguida de las palabras SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, o la abreviatura "S.A. de C.V.", y que en este documento también se denominará DICONSA.

DICONSA, regirá sus actividades por sus Estatutos; también lo hará por lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Abasto Rural a cargo de la propia empresa. También se regirá por las demás disposiciones legales aplicables.

CLÁUSULA TERCERA.- OBJETO.

La sociedad tiene por objeto:

  1. Coadyuvar, al desarrollo de la autosuficiencia y seguridad alimentaria de la población más necesitada del país;

    Il. Coadyuvar al fomento del desarrollo económico y social del país, garantizando el abasto de productos básicos y complementarios perecederos y no perecederos a precios competitivos, a fin de que se satisfaga la demanda de la población que se encuentra en situación de pobreza y pobreza extrema, y mediante su participación organizada;

  2. Instrumentar la participación antes mencionada, a través de la organización, administración y operación de sucursales y/o unidades operativas, así como de almacenes y puntos de venta destinados a la comercialización de los bienes de consumo necesario para la alimentación de los sectores de la población objetivo; a efecto de que lo anterior permita a la empresa su equilibrio financiero;

  3. Promover y organizar la participación de la comunidad, con esquemas de Contraloría Social, para propiciar la corresponsabilidad en los Programas a cargo de la empresa;

  4. Impulsar la modernización del mercado de los bienes de consumo necesario para la alimentación de los sectores de la población objetivo;

  5. Ampliar la cobertura de puntos de venta y almacenes, en la medida en que persistan problemas de competencia en los mercados y particularmente en aquellos lugares en donde exista un punto de venta de LICONSA, en donde no exista presencia alguna de oferta de productos para la atención de la demanda de la población que se encuentra en situación de pobreza y pobreza extrema;

  6. Participar con las distintas instituciones de gobierno en programas sociales y políticas públicas de abasto y distribución de productos básicos y complementarios, perecederos y no perecederos y otros bienes de consumo en favor de los beneficiarios, de la población en condición de pobreza, así como para la atención de los grupos más vulnerables, de adultos mayores, de rezago y de marginación y cuando se presenten

    situaciones de emergencia o desastre;

  7. Emitir, suscribir, aceptar, endosar y avalar cualesquiera títulos o valores mobiliarios permitidos por la Ley;

  8. Contratar y convenir, activa o pasivamente, toda clase de prestaciones de servicios; adquirir y explotar, por cualquier título, patentes, marcas industriales, nombres comerciales, opciones, preferencias, así como derechos de propiedad literaria, industrial, artística o concesiones de alguna autoridad;

  9. Obtener y otorgar, por cualquier título permitido por la Ley, el uso y goce de bienes muebles e inmuebles;

  10. Contratar servicios técnicos, consultivos y de asesoría, así como celebrar los contratos y convenios para la realización de estos fines;

  11. Adquirir, o por cualquier título poseer y explotar, toda clase de bienes muebles, derechos reales y personales, así como los bienes inmuebles que sean necesarios para su objeto social;

  12. Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales;

  13. Llevar a cabo, por cuenta propia o de terceros, servicios de transporte que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto, previo el cumplimiento de los requisitos legales correspondientes;

  14. Proveer artículos de la Canasta Básica o aquellos que se convengan con instituciones gubernamentales;

  15. Recibir donaciones y darles el destino que corresponda, conforme a sus finalidades y objetivos sociales;

  16. Un objeto común de SEGALMEX, DICONSA y LICONSA es el promover la autosuficiencia alimentaria del país; por lo tanto, podrán intercambiar información técnica, de recursos humanos y financieros para que se pueda alcanzar el objetivo ya mencionado.

    Cuando se transfieran granos o recursos financieros se vigilará, con todo cuidado, que se formalicen adecuadamente con el fin de hacer los registros correspondientes y para que los entes controladores tengan información clara de esas transferencias.

  17. El maíz de pequeños productores y frijol adquiridos por SEGALMEX a precios de garantía, tendrán como destino prioritario atender las necesidades de DICONSA S. A. DE C. V., para la provisión de su red de abasto, y

  18. En general, llevar a cabo todos los actos jurídicos y comerciales necesarios para el adecuado cumplimiento de sus fines, especialmente los consistentes en ventas u otras especies de distribución, comercialización y modernización del mercado de los bienes de consumo necesario para la alimentación de los sectores de la población objetivo.

    CLÁUSULA CUARTA.- DURACIÓN.

    La duración de la sociedad será Indefinida.

    CLÁUSULA QUINTA.- DOMICILIO.

    La sociedad tiene su domicilio en la Ciudad de México, y no se entenderá cambiado por la aceptación de domicilios convencionales, ni por establecer sucursales, unidades...

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