Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad. VII-CASR-CA-5

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CRITERIOS AISLADOS DE LA SALA REGIONAL DEL CARIBE
como una obligación formal, sin que esto implique que deba
cambiar la fecha del asiento contable hacia el futuro, porque
con ello se provocaría que el ingreso pudiera ser considerado
incluso para un ejercicio scal diverso al en que se obtuvo.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 14/10200-20-01-02-
02-OT.- Resuelto por la Sala Regional del Caribe del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 7 de septiembre
de 2015.- Sentencia: por mayoría de votos.- Tesis: por una-
nimidad de votos.- Magistrado Instructor: Nicandro Gómez
Alarcón.- Secretario: Lic. Rogelio Olvera Márquez.
ESTATUTO ORGÁNICO DE LA
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
VII-CASR-CA-5
JEFE DE DEPARTAMENTO DE MEDICIÓN Y SERVICIOS
DE LA ZONA DE DISTRIBUCIÓN CANCÚN, DIVISIÓN
DE DISTRIBUCIÓN PENINSULAR, DE LA COMISIÓN
FEDERAL DE ELECTRICIDAD, ES UNA AUTORIDAD
INEXISTENTE Y, POR ENDE, INCOMPETENTE PARA
EMITIR ACTOS DE MOLESTIA.- De conformidad con los
artículos 52, fracción III.I, 53, fracción XII, inciso 3), 53 Bis,
fracciones I y IV y último párrafo, del Estatuto Orgánico de
la Comisión Federal de Electricidad, se advierte que dentro
de la estructura de dicho ente se encuentran las Gerencias
Divisionales de Distribución, entre ellas, la Peninsular, la que
a su vez cuenta con la Superintendencia de Zona Cancún,
con competencia territorial dentro del Estado de Quintana

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