Acuerdo 50.1345.2014 relativo a la aprobación de los criterios para la operación del esquema crediticio denominado 'Nuevo FOVISSSTE en Pesos'

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EmisorInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría General.- Prosecretaría de la Junta Directiva.- SG/SJD/0614/2014. Lic. Sebastián Lerdo de Tejada C.

Director General del Instituto.

Presente.

En sesión ordinaria celebrada por Junta Directiva, el día 27 de junio de 2014, al tratarse lo relativo a los criterios para la operación del esquema crediticio denominado "Nuevo FOVISSSTE en Pesos", se tomó el siguiente:

ACUERDO 50.1345.2014.- "La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción XVI, inciso g), de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y 14, fracción XVII, inciso g), de su Estatuto Orgánico; y con base en el acuerdo aprobatorio de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda número 5900.871.2014, por unanimidad, aprueba los criterios para la operación del esquema crediticio denominado "Nuevo FOVISSSTE en Pesos", para quedar como sigue:

PRIMERO.- Se aprueban los siguientes:

CRITERIOS PARA LA OPERACIÓN DEL ESQUEMA DE CRÉDITO DENOMINADO "NUEVO FOVISSSTE EN PESOS"

  1. DEFINICIÓN DEL ESQUEMA. "Nuevo FOVISSSTE EN PESOS" es el crédito con garantía hipotecaria que reciban los derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para la adquisición de vivienda nueva o usada, otorgado en cofinanciamiento entre el FOVISSSTE y Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) o las Entidades Financieras autorizadas, en los términos y condiciones establecidos en los presentes criterios.

    Las características y calidad de la vivienda que se adquiera con el crédito referido en el párrafo que antecede, deberán cumplir las condiciones y requisitos establecidos en la Ley del ISSSTE, las Reglas para el Otorgamiento de Créditos vigentes y en las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.

  2. CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN. Para la implementación del esquema denominado "Nuevo FOVISSSTE EN PESOS", el FOVISSSTE celebrará un convenio marco de colaboración con SHF o con las Entidades Financieras previamente autorizadas mediante dictamen conjunto emitido por la Subdirección de Finanzas y la Subdirección de Crédito del FOVISSSTE.

    Dicho convenio marco tendrá por objeto establecer las bases conforme a las cuales, las instituciones firmantes coordinarán sus esfuerzos para formalizar, desarrollar e implementar, el esquema de cofinanciamiento de conformidad con lo dispuesto en los presentes criterios.

    Para la debida aplicación del convenio marco de colaboración, las partes podrán efectuar la contratación de los servicios profesionales que resulten necesarios, así como el otorgamiento de mandatos que sean indispensables.

  3. COFINANCIAMIENTO. Para la formalización del esquema "NUEVO...

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