Lineamientos específicos de operación del esquema de apoyos a la exportación de maíz blanco de la cosecha del ciclo agrícola otoño-invierno 2006-2007 del Estado de Sinaloa   

Fecha de disposición01 Octubre 2007
Fecha de publicación01 Octubre 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

LINEAMIENTOS específicos de operación del esquema de apoyos a la exportación de maíz blanco de la cosecha del ciclo agrícola otoño-invierno 2006-2007 del Estado de Sinaloa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

ANA GRACIELA AGUILAR ANTUÑANO, Directora en Jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA), Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), con fundamento en los artículos 9, 16, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o. de la Ley de Planeación; 1o., 22 segundo párrafo, fracción IX, 32 fracciones VI, IX y XI, 54, 79, 104, 105, 109, 178, 179, 188, 189, 190, fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o. segundo párrafo, 2 fracciones XLV y LIII, 74, 75, 76 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 175, 176, 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4o., fracción VII y XVII, 17, 25, 32, 33, fracciones VIII y IX, Anexo 17 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007 (PEF 2007); 1o., 2o., 3o. fracción III, 18, 32, 33, 35, 43, 44 y 48 del Reglamento Interior de la SAGARPA vigente; 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 77 primer párrafo, 79 y 84 de las Reglas de Operación del Programa de Apoyos Directos al Productor por Excedentes de Comercialización para Reconversión Productiva, Integración de Cadenas Agroalimentarias y Atención a Factores Críticos (REGLAS), publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 17 de junio de 2003, y de las Modificaciones y Adiciones a dichas REGLAS, publicadas en el DOF el 9 de abril y 28 de julio de 2004, el 29 de septiembre de 2005, y del 16 de junio de 2006, y

CONSIDERANDO

Que desde finales de 2006 las cotizaciones internacionales de maíz han registrado incrementos sustanciales respecto a las de los últimos años, como consecuencia de la mayor demanda de este grano para la producción de biocombustibles (etanol);

Que para el ciclo agrícola otoño-invierno 2006-2007 en el Estado de Sinaloa se espera una producción record de maíz de aproximadamente 4.7 millones de toneladas; producción que se obtiene en un periodo corto de tiempo y ante la insuficiente capacidad instalada de almacenamiento de granos en el Estado de Sinaloa, se presiona a la baja el precio de mercado de la cosecha; por lo que se hace necesario buscarle otros mercados de consumo como lo es el mercado de exportación;

Que para el desplazamiento de las cosechas excedentarias y/o con problemas de comercialización, conforme a lo señalado en la fracción V del artículo 6o., del Capítulo XI Subprograma de Apoyos a la Pignoración y Desarrollo de Mercados Regionales y el artículo 54 de las REGLAS, se estima necesario instrumentar un esquema de apoyo para la comercialización de dicha cosecha, que coadyuve a que el productor agrícola aproveche el nivel de altos precios que se registra actualmente en el mercado internacional y le permita ofrecer un precio competitivo que fortalezca su ingreso y promover un ágil desalojo y movilización de la cosecha;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece la obligación de instrumentar mecanismos necesarios para la coordinación incluyente de los distintos órdenes de gobierno con los diversos grupos sociales y de particulares, promoviendo su amplia y responsable participación en la consecución de las políticas y objetivos establecidos dentro del propio plan, por lo que el Ejecutivo Federal a través de la SAGARPA promueve la instrumentación y aplicación de políticas económicas y sociales que coadyuven a la inducción de acciones de los diversos grupos involucrados;

Que la fracción I del artículo 7o. y el último párrafo del artículo 60 de las REGLAS disponen que la SAGARPA por conducto de ASERCA, publicará en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos específicos que correspondan, por lo que tengo a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS ESPECIFICOS DE OPERACION DEL ESQUEMA DE APOYOS A LA EXPORTACION DE MAIZ BLANCO DE LA COSECHA DEL CICLO AGRICOLA OTOÑO-INVIERNO 2006-2007 DEL ESTADO DE SINALOA

PRIMERO.- El presente instrumento tiene por objeto dar a conocer los Lineamientos específicos de operación del esquema de apoyo a la exportación de maíz blanco de la cosecha del ciclo agrícola otoño-invierno 2006-2007 del Estado de Sinaloa (LINEAMIENTOS) (MAIZ), a efecto de promover la colocación de los excedentes en el mercado exterior. Los recursos para la instrumentación de los presentes Lineamientos...

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