Acuerdo por el que se da a conocer la actualización de los anexos A, B, C, D, E y F de la Circular CONSAR 15-19, Reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, publicada el 9 de julio de 2007, modificada y adicionada por la Circular CONSAR 15-20 publicada el 1 de agosto de 2007

EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACION DE LOS ANEXOS "A", "B", "C", "D", "E" Y "F" DE LA CIRCULAR CONSAR 15-19, "REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO", PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 09 DE JULIO DE 2007, MODIFICADA Y ADICIONADA POR LA CIRCULAR CONSAR 15-20, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 01 DE AGOSTO DE (2007).

El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 5o. fracción II, 12 fracciones I, VIII y XVI y 45 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y

CONSIDERANDO

Que la Circular CONSAR 15-19, "Reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 2007, modificada y adicionada por la Circular CONSAR 15-20, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de agosto de 2007, establece las escalas de calificación crediticia de cada una de las empresas calificadoras autorizadas para operar con tal carácter por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en sus Anexos "A", "B", "C", "D", "E" y "F".

Que mediante oficio 312-3/851536/2007 de fecha 3 de abril de 2007 la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) autorizó la organización y operación de la empresa calificadora de valores denominada HR Ratings de México, S.A. de C.V., por lo que las calificaciones de dicha empresa se deben sumar a las de las tres empresas calificadoras previamente consideradas en la regulación aplicable a las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORES), autorizadas por la CNVB.

Que de conformidad con la regla sexta de la Circular CONSAR 15-19, el Comité de Análisis de Riesgos (CAR) de esta Comisión en su Vigésima Sesión Ordinaria, celebrada el día 29 de mayo de 2008, analizó la homologación de las escalas de calificaciones crediticias emitidas por la empresa calificadora HR Ratings de México, S.A. de C.V., y determinó mediante acuerdo CAR 20/09/2008, realizar las modificaciones necesarias a los Anexos "A", "B", "C", "D", "E" y "F" de la Circular citada, por lo que esta Comisión ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACION DE LOS ANEXOS "A", "B", "C", "D", "E" Y "F" DE LA CIRCULAR CONSAR 15-19, "REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION...

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