Acuerdo mediante el cual se autoriza la licencia de ejecución de obras de urbanización del fraccionamiento “La Esmeralda”, ubicado en Avenida Universidad S/N, fracción tercera de los Ranchos Unidos de Banthí y Enmedio denominado Jesús María, Municipio de San Juan del Río, Qro.

1 de abril de 2011 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3457
10.- Dar cumplimiento a las condicionantes establecidas mediante Acuerdo de Cabildo Oficio No. SHA/0600/09, de fecha 26 de Marzo de
2009. ----------------------------------------------------- ------------------------------------------------------ ------------------------------------------------------ ----------------
11.- Deberá p resentar dictamen positivo de la Dirección de Protección Civil. ------------------------------------------------------ ---------------------------
12.- Dar cumplimiento a las restricciones establecidas en el Oficio No. PXR-SUD-GTD -STDC-SDB-75-2009, de fecha 20 de Febrero de
2009, emitido por PEMEX, Refinación, en el cual se informan las restricciones de seguridad, para los ductos que cruzan el predio; así como
en su momento tramitar los permisos de cruzamiento sobre los ductos y derechos de vìa de PEMEX. ----------------------------------------------------
13.- Dar cumplimiento a las restricciones establecidas en el Oficio No. PXR-SUD-GTD-STDC-SDB-817-2009 de fecha 23 de Octubre de
2009 de autorización de los trabajos de proyecto sobre los derechos de vía de PEMEX. ---------------------------------------------- ------------------------
14.- Obtener las autori zaciones “Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica” y “Concesión para la Ocupación de Terrenos
Federales” para la construcción del puente sobre el arroyo de Cerro Gordo ante la CONAGUA Comisión Nacional del Agua, conforme a lo
establecido en el oficio No. BOO.E.56.4.- de fecha 28 abril 2009 emitido por la CONAGUA. -------------------------------------------- -----------------
15.- Dar cumplimiento a las condicionantes establecidas en el Oficio No. SEDESU/SSMA/618/2009, de fecha 21 de Septiembre de 2009,
emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, de autorización de Dictamen de Impacto Ambiental. -----------------------------------------------
16.- Acreditar factibilidad definitiva y convenio de reconocimiento de adeudo y pago de derechos de infraestructura e incorporación a la red
de drenaje sanitario para la prestación de los servicios de agua potable conforme al Oficio No. DIR/JAP. 1210. 2009, de fecha 08 de
Septiembre de 2009, emitido por la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal (JAPAM).------------------------------------------------------------
17.- Deberá dar cumplimiento a las condicionantes establecidas mediante Acuerdo de Cabildo oficio No. SHA/1826/09 de fecha 28 de
Septiembre de 2009, Resolutivo Cuarto. ------------------------------------------ ------------------------------------------------------ -----------------------------------
Deberá acreditar el pago conforme al Artículo 13 de la Ley de Ingreso del Municipio de San Juan del Río, Qro., para el ejercicio fiscal 2011,
que indica “...se causará por metro cuadrado del área susceptible de venta según el tipo de fraccionamiento o condominio...”, con una
superficie vendible ETAPA 02 de 41,986.00 m2 (Habitacional) y 1,979.45 m2 (Comercial), conforme a plano de Visto Bueno a proyecto de
Relotificación de 4 a 6 Etapas y por Ajuste de Medidas del Fraccionamiento denominado “LOMA ALTA”, mediante oficio No.
DDUV/0204/2010 de fecha 28 de Abril de 2010. ------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------
SUPERFICIE VENDIBLE
ETAPA 02
HABITACIONAL
IMPUESTO 0.20 x 56.70 x
S.V. ADICIONAL 25% TOTAL
41,986.00 M2 $ 476,121.24 119,030.00 $595,151.00
SUPERFICIE VENDIBLE,
COMERCIAL ETAPA 02
IMPUESTO 0.30 x 56.70
x S.V. ADICIONAL 25% TOTAL
1,979.45 M2 $33,670.00 $8,418.00 $42,088.00
Así mismo deberá de pagar a la Secretaría de Planeación y Finanzas de Gobierno del Estado, la siguiente cantidad por concepto de
Derechos por Supervisión de Obras de Urbanización: ----------------------------------------------- -------------
PRESUPUESTO DE OBRAS DE
URBANIZACIÓN ETAPA 02
SUPERVISIÓN
1.5% ADICIONAL 25% TOTAL
$606,931.57 $9,103.97 $2,275.99 $11,379.96
Conforme al Convenio Marco de Coordinación y Colaboración en Materia de Desarrollo Urbano y Hacendario, publicado en el Periódico
Oficial “La Sombra de Arteaga”, de fecha 16 de Noviembre de 2007, Cláusula Novena que a la letra dice:“...NOVENA.- “LAS PARTES”
convienen en que las contribuciones fiscales, incluidas las multas, recargos y demás accesorios, generados por los trámites y expedición de
los dictámenes, autorizaciones y licencias, permisos y demás conceptos establecidos en este Convenio como competencia municipal, se
causarán al 100% a favor de “EL MUNICIPIO” integrándolas a su patrimonio. Por cuanto hace a los derechos generados por la Supervisión
de fraccionamientos y condominio, éstos serán ingresados al 50% a cada una de “LAS PARTES”, comprometiéndose el municipio a ser
aplicados al fortalecimiento y equipamiento del área de Desarrollo Urbano Municipal...”. ----------------------------------------------------- -----------------
Por lo cual el promotor deberá de pagar a la Secretaría de Planeación y Finanzas de Gobierno del Estado de Querétaro, por derechos de
Supervisión de Obras de Urbanización Etapa 02, la cantidad de $5,689.98 (Cinco mil seiscientos ochenta y nueve pesos 98/100 m.n.),
correspondiente al 50%.-------------------------------------- -------------------------------------------------------- ------------------------------------------------ ----------
Y ante la Tesorería Municipal el promotor deberá de pagar por derechos de Supervisión de Obras de Urbanización Etapa 2, la cantidad de
$5,689.98 (Cinco mil seiscientos ochenta y nueve pesos 98/100 m.n.), correspondiente al 50%, a la clave 302 fuente 30212, conforme
al Artículo 22, Fracción XVII de la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan del Río, Qro., para el ejercicio fiscal 2011. --------------------------
La Licencia para Ejecución de Obras de Urbanización del Fraccionamiento “LOMA ALTA ETAPA 02”, ubicado en el predio identificado como
“Potrero de Vega”, Poblado de Cerro Gordo, Municipio de San Juan del Río, Qro., tendrá vigencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo
112 del Código Urbano para el Estado de Querétaro; dichas obras deberán quedar concluidas dentro del plazo que no excederá de dos
años, contando a partir de la fecha del Acuerdo de Autorización; concluido el plazo sin que se hayan iniciado o en su caso terminado las
Obras de Urbanización, la Licencia quedará sin efecto, debiendo renovarse al término del mismo, dando aviso a esta Secretaría para lo
procedente, con la finalidad de emitir el Dictamen Técnico de conformidad a las condicionantes técnicas y jurídicas que prevalezcan en el
momento. ----------------------------------- -------------------------------------------------------- --------------------------------------------------- -----------------------------
La presente Opinión Técnica NO autoriza las obras a realizar sobre la Vía de Enlace indicada como propuesta en plano de de Visto Bueno a
proyecto de Relotificación de 4 a 6 Etapas y por Ajuste de Medidas del Fraccionamiento denominado “LOMA ALTA”, mediante oficio No.
DDUV/0204/2010 de fecha 28 de Abril de 2010, de las cuáles deberán obtener las autorizaciones de manera independiente ante el H.
Ayuntamiento. ------------------------------------------------------ ----------------------------------------------------- ------------------------------------------------------ ------
Considerándose que en términos del Artículo 114 del Código Urbano, GEO CASAS DEL BAJIO, S. A. de C. V., es responsable del
mantenimiento y urbanización del Fraccionamiento que desarrollo hasta en tanto se lleve la Entrega – Recepción de las Obras de
Urbanización al Municipio de San Juan del Río, Qro. ------------------------------------------------------ ----------------------------------------------------- ------
Previo al otorgamiento por el H. Ayuntamiento, de autorización de Ventas Provisionales de Lotes, el Promotor deberá acreditar el avance de
Obra necesario que indica el Artículo 154, Fracción III, del Código Urbano para el Estado de Querétaro, para lo cual deberá coordinarse con
la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas
Municipal, y para el caso de que le sea otorgado dicho avance de obras deberá solicitar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras
Públicas Municipal, para señalarse el monto de la fianza a presentar en cumplimiento al Artículo 154, Fracción V del Código Urbano para el
Estado de Querétaro, “... Otorgar garantía a satisfacción de la autoridad competente, por el valor total de las obras que falten por ejecutar,
calculando al tiempo de su terminación, en el fraccionamiento o sección por autorizar, más un treinta por ciento para garantizar la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR