Escrituras seguras y a la mano

AutorValeria Cruz

La escritura ante notario público es el documento con el que se acredita la propiedad de un inmueble conforme al Derecho mexicano, explicó Francisco Javier Arce Gargollo.

El Coordinador de la Comisión de Derecho Mercantil de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados agregó que de la escritura que sólo obra en el protocolo del notario, éste expide testimonios que son los documentos que reciben los interesados.

"Los propietarios de inmuebles tienen derecho a tener la escritura notarial que acredite la propiedad", dijo.

"Pueden ser propietarios por diversos títulos de adquisición, por ejemplo como compradores en una compraventa, como herederos de una sucesión (adjudicatarios), como donatarios por una donación que reciben de un inmueble y otros más".

Al adquirir un inmueble es importante cerciorase, por medio del Registro Público de la Propiedad, si tiene algún gravamen, ya sea hipoteca o embargo, para que antes de la adquisición se cancele, pues si se adquiere con dicho gravamen, el propietario puede perder la propiedad si se remata por la hipoteca o embargo que lo grava, explicó.

"Cuando tienen gravamen hay que determinar de qué clase es y a favor de quién está. Por ejemplo, el inmueble puede estar hipotecado como garantía de un préstamo bancario a favor del propietario del bien o de otra persona. También puede estar embargado por alguna autoridad, judicial o fiscal, como garantía de un adeudo.

"Las inscripciones en el Registro Público de la Propiedad se modifican cuando hay alguna operación sobre el inmueble, como una compraventa, una adjudicación por herencia o remate, un embargo, una hipoteca. En estos casos, las operaciones se inscriben en el folio real del inmueble para que cualquier persona pueda consultarlas. No se actualiza el Registro, simplemente se inscriben las operaciones que de algún modo afectan al inmueble", dijo Arce Argollo.

Qué hacer y cuándo

Aunque estos documentos son el alma de la casa, existen dudas entre los propietarios de inmuebles, a continuación se explican algunas de las situaciones relacionadas con las escrituras, la falta de ellas o en caso de hipoteca aún sin existir adeudos.

Si no se tienen

Cuando se carezca de escrituras hay que investigar quien es el último propietario que aparece en el Registro Público de la Propiedad (titular registral) para que mediante alguna operación (compraventa, adjudicación por herencia) se otorgue la correspondiente.

En caso de que no haya titular registral, es probable que se...

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