Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se da respuesta a los escritos del C. Edgar Iván Benumea Gómez, quien afirma ser representante del Movimiento Cívico YoSoy132, así como al presentado por la C. Beatriz Camacho Carrasco, quien suscribe como Directora Ejecutiva de Alianza Cívica por medio de los cuales se solicita que el Consejo General amplíe el plazo para el registro de los observadores electorales

Fecha de disposición12 Junio 2012
Fecha de publicación12 Junio 2012
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG363/2012.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE DA RESPUESTA A LOS ESCRITOS DEL C. EDGAR IVAN BENUMEA GOMEZ, QUIEN AFIRMA SER REPRESENTANTE DEL "MOVIMIENTO CIVICO #YOSOY132", ASI COMO AL PRESENTADO POR LA C. BEATRIZ CAMACHO CARRASCO, QUIEN SUSCRIBE COMO DIRECTORA EJECUTIVA DE "ALIANZA CIVICA" POR MEDIO DE LOS CUALES SE SOLICITA QUE EL CONSEJO GENERAL AMPLIE EL PLAZO PARA EL REGISTRO DE LOS OBSERVADORES ELECTORALES.

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 30 de mayo de 2012, se recibió en la oficialía de partes de la Secretaría Ejecutiva, el escrito del C. Edgar Iván Benumea Gómez, quien afirma ser "Representante #YoSoy132", dirigido al Dr. Leonardo Valdés Zurita, Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por medio del cual formuló la siguiente solicitud:

    "...el movimiento cívico #YoSoy132 solicita la ampliación del término legal contenido en el artículo 5, párrafo 4, inciso c) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con el objeto de que el Consejo General del Instituto Federal Electoral garantice el derecho de todo ciudadano a participar como observadores de los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como de los actos que se lleven a cabo el día de la Jornada Electoral, esperando que este órgano colegiado responda al planteamiento solicitado por parte de los ciudadanos que integran al movimiento.

    Esperamos que estos puntos puedan ser discutidos y resueltos favorablemente, atendiendo al llamado de la juventud democrática que buscamos un México mejor."

  2. Con fecha 31 de mayo de 2012, se recibió vía correo electrónico, el escrito de la C. Beatriz Camacho Carrasco, quien firma como Directora Ejecutiva de la organización "Alianza Cívica", dirigido al Consejo General del Instituto Federal Electoral, por medio del cual formuló la siguiente solicitud:

    Como es de su conocimiento Alianza Cívica es una organización ciudadana plural y no partidista, independiente de gobiernos y partidos que se ha distinguido por ser una organización exitosa en la lucha por la democracia y la construcción de ciudadanía. En 1994 surge como un movimiento nacional y ciudadano, con presencia en todos los estados de la República. Actualmente impulsa un programa de "Transparencia y Rendición de Cuentas para una Democracia con Resultados para la Gente"

    Siendo un derecho político de los mexicanos participar como observadores de los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como de las etapas de la Jornada Electoral, solicitamos de la manera más atenta una prórroga en el plazo de registro para los observadores electorales. Ello con el interés de fomentar y alcanzar un mayor nivel de participación ciudadana en la acciones de observación que realizará Alianza Cívica en la Jornada Electoral del próximo domingo 1 de julio de 2012.

    Lo anterior en estricto apego al artículo 5, párrafo 4, inciso c del Cofipe, específicamente en donde señala que: El Consejo General garantizará este derecho (solicitud de los mexicanos para participar como observadores electorales) y resolverá cualquier planteamiento que pudiera presentarse por parte de los ciudadanos o las organizaciones interesadas.

  3. Es público el hecho de que diversos ciudadanos, así como organizaciones de ciudadanos, han

    manifestado su intención de participar como observadores electorales durante el Proceso Electoral Federal 2011 2012, particularmente el día de la Jornada Electoral.

  4. A partir de 1994, el legislador reformó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales e incorporó al artículo 5, la figura de observador electoral, quienes podían registrarse ante la Junta Local o Distrital correspondiente a su domicilio durante el plazo que al efecto estableciera el Consejo General.

  5. Tras la reforma electoral 2007-2008, continúa vigente la figura de observador electoral, como un derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos, quienes pueden participar observando los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como los que se lleven a cabo el día de la Jornada Electoral en la forma y términos en que determine el Consejo General del Instituto Federal Electoral para cada Proceso Electoral, de acuerdo con las bases para tal fin.

  6. El 7 de octubre de 2011, dio inicio el Proceso Electoral Federal en el que se renovarán a los integrantes de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión.

  7. En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral, celebrada el 25 de agosto de 2011, se aprobó por unanimidad el acuerdo identificado con la clave de control CG250/2011, por el que se establecen los Lineamientos para la acreditación y desarrollo de las actividades de los ciudadanos mexicanos que actuarán como observadores electorales durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012.

    CONSIDERANDO

    1. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base V, de la Constitución Política de los...

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