Acuerdo número 359 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2005-2006, aplicable en toda la República para la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica
Fecha de disposición | 08 Junio 2005 |
Fecha de publicación | 08 Junio 2005 |
Emisor | SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO número 359 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2005-2006, aplicable en toda la República para la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
Con fundamento en los artículos 12 fracciones II y XIII; 51 y 53 de la Ley General de Educación, y 5 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala como atribuciones de la Secretaría de Educación Pública, entre otras, la de organizar, vigilar y desarrollar la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y normal;
Que de conformidad con la Ley General de Educación, corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesario para cubrir los planes y programas de estudio, y
Que la autoridad educativa federal tiene las atribuciones exclusivas necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NUMERO 359 POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CICLO LECTIVO 2005-2006, APLICABLE EN TODA LA REPUBLICA PARA LA EDUCACION BASICA, LA NORMAL Y DEMAS PARA LA FORMACION DE MAESTROS DE EDUCACION BASICA
Se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2005-2006, vigente en toda la República para las escuelas de educación básica, normal y demás para la formación de maestros de educación básica, oficiales y particulares incorporadas al sistema educativo nacional, que a continuación se indica:
Para la aplicación del calendario escolar a que se refiere el presente Acuerdo, se deberá tener en cuenta que el inicio de cursos para los niveles educativos mencionados en el artículo primero será el lunes 22 de agosto de 2005.
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario...
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