¿Cuál es su situación?

La reducción de pena es facultad del Ejecutivo Federal y está prevista en el artículo 178 del Código de Justicia Militar. Sólo está permitida cuando entra en vigor una nueva ley que reduce la pena para el delito o delitos por los que se dictó sentencia.

La reducción implica un reconocimiento del Ejecutivo de que fue correcta la actuación de los tribunales militares al declarar culpable a Gallardo, pues no implica un reconocimiento de inocencia o un indulto.

Las dos condenas dictadas por sendos consejos de Guerra en 1998, confirmadas posteriormente por el Supremo Tribunal de Justicia Militar, siguen firmes. Gallardo no ha sido exonerado de los cargos en su contra, que incluyen malversación de haberes, enriquecimiento y destrucción de documentos del Ejército.

Gallardo nunca ha promovido el único recurso jurídico con el que...

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