¿Es México un paraíso fiscal?

AutorL.C.C. Eduardo López Lozano
CargoMaestrante de la Maestría en Impuestos por el Instituto de Especialización para Ejecutivos. Contador Público certificado con Maestría en Administración. Autor de 27 libros en materia fiscal. Socio Fundador y Director General de Grupo Reingeniería Fiscal Patrimonial, Contadores Públicos y abogados
Páginas38-39
www.iee.edu.mx
Texto: L.C.C. Eduardo López Lozano
38
IEE Plantel Ciudad de México
Los medios de comunicación dan cuenta de
la inversión efectuada por diversas
empresas y la supuesta creación adicional
de empleos que tales inversiones
conllevarán. Tal campaña pretende crear
confianza entre los mexicanos de que las
políticas de la actual administración son las
correctas; de alguna manera nos amonesta
por no “jalar parejo” como aquellas
empresas que invierten y creen en México.
¿Qué lleva a empresas, normalmente
extranjeras a “creer más” en México que los
mexicanos? Hagamos una revisión, amable
lector de la situación que guarda el
régimen fiscal mexicano en esta
administración, para de ahí revisar algunas
consideraciones del caso.
Señala el Artículo 176 de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta, que son ingresos
sujetos a regímenes fiscales preferentes,
aquellos que no están gravados en el
extranjero o lo están con un Impuesto
Sobre la Renta inferior al 75% del que se
causaría y pagaría en México. En ese tenor
es que me atrevo a poner a consideración
de usted amigo lector, los alcances del
aserto publicitario inicial.
En muchas ocasiones se consideran
paraísos fiscales aquellos territorios en que
la tasa del Impuesto Sobre la Renta es
menor al 22.5%, sin embargo tal
interpretación es incorrecta pues lo que
literalmente establece la norma es:
“Qué se consideran ingresos sujetos a
regímenes fiscales preferentes. Para los
efectos de esta Ley, se considerarán
ingresos sujetos a regímenes fiscales
preferentes, los que no están gravados en
el extranjero o lo están con un impuesto
sobre la renta inferior al 75% del
impuestos sobre la renta que se causaría
y pagaría en México, en los términos de
los Títulos II o IV de esta Ley, según
corresponda”…
Como puede apreciarse; si en México se
causa y paga un Impuesto Sobre la Renta y
en el extranjero dicha operación no paga
impuesto o lo paga en un porcentaje
menor al 75% tal ingreso se considera
obtenido en un territorio fiscal preferente.
Fuente: Google.com
¿ES MÉXICO UN
PARAÍSO FISCAL?

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