Acuerdo mediante el cual se declaran erradicados los brotes de la mosca del mediterráneo,Ceratitis capitata(Wied) en el Estado de Tabasco, por lo que se cancela la cuarentena interior

Fecha de disposición23 Abril 1999
Fecha de publicación23 Abril 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL

ACUERDO mediante el cual se declaran erradicados los brotes de la mosca del mediterráneo, Ceratitis capitata (Wied) en el Estado de Tabasco, por lo que se cancela la cuarentena interior.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DECLARAN ERRADICADOS LOS BROTES DE LA MOSCA DEL MEDITERRANEO, CERATITIS CAPITATA (Wied) EN EL ESTADO DE TABASCO, POR LO QUE SE CANCELA LA CUARENTENA INTERIOR

ROMARICO ARROYO MARROQUIN, Secretario de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7o. fracción XXII y 37 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 5o. del Reglamento Interior de esta Secretaría; y en el punto 4.13 de la Norma Oficial Mexicana (con carácter de emergencia) NOM-EM-031-FITO-1998, Por la que se establece la cuarentena interior contra la mosca del Mediterráneo en los estados de Campeche, Chiapas y Tabasco, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural declaró a todos los municipios del Estado de Tabasco bajo cuarentena interior contra la mosca del Mediterráneo, mediante publicación del Acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 1998.

Que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural modificó el cordón cuarentenario y se ampliaron las especificaciones fitosanitarias para la aplicación del Dispositivo Nacional de Emergencia contra la mosca del Mediterráneo en los estados de Campeche, Chiapas y Tabasco, mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1998.

Que con fecha 19 de enero de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana (con carácter de emergencia) NOM-EM-031-FITO-1998, por la que se establece la cuarentena interior contra la mosca del Mediterráneo en los estados de Campeche, Chiapas y Tabasco.

Que derivado de la aplicación exitosa de las medidas fitosanitarias, el Gobierno Federal expidió el “Acuerdo mediante el cual se declaran erradicados los brotes de la mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata (Wied) en el Estado de Campeche, por lo que se cancela la cuarentena interior en los municipios del Carmen, Escárcega, Palizada y Candelaria”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero del presente año.

Que es atribución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural declarar zonas libres de plagas que afecten a los vegetales, cuando la aplicación de las medidas fitosanitarias y cuarentenarias demuestren que la plaga exótica ha sido erradicada.

Que ante la ausencia de la plaga en los últimos cinco meses en el Estado de Tabasco, verificado con métodos de muestreo reconocidos internacionalmente, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTICULO PRIMERO

Se declaran erradicados los brotes de la mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata (Wied) en el Estado de Tabasco, por lo que se cancela la cuarentena interior en dicha entidad.

ARTICULO SEGUNDO

Todos los productos vegetales que estaban bajo cuarentena parcial y absoluta en el Estado de Tabasco, se movilizarán libremente, por lo que no será necesario aplicar la guarda-custodia ni el certificado fitosanitario, excepto cuando transiten por el Estado de Chiapas.

ARTICULO TERCERO

El Estado de Tabasco deberá continuar con el sistema de vigilancia contra moscas exóticas de la fruta y la operación de algunos...

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