Aviso de prórroga de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM- EM-003-SSA2-2008, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmitidas por vector
Fecha de disposición | 02 Abril 2009 |
Fecha de publicación | 02 Abril 2009 |
Materia | Derecho del Medio Ambiente |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MAURICIO HERNANDEZ AVILA, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 48 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 35 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 8 fracción V y 10 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el 30 de septiembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-003-SSA2-2008, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmitidas por vector.
Que permanecen las circunstancias que motivaron la expedición de la mencionada Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-003-SSA2-2008, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmitidas por vector, razón por la cual, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como en el segundo párrafo del artículo 35 de su Reglamento, se considera necesario publicar un aviso de prórroga de la citada Norma Oficial Mexicana de emergencia, con el objeto de contar con un instrumento normativo que establezca las especificaciones de la contención del dengue clásico y hemorrágico mediante el ataque al mosquito vector Aedes ægypti con la aplicación de nuevos insecticidas, que limiten al máximo posible, los efectos adversos en los habitantes y operadores de los programas de fumigación que se llevan a cabo en las zonas geográficas expuestas a esta epidemia.
Que es responsabilidad del Gobierno Federal establecer las características y/o especificaciones de los productos y procesos cuando éstos puedan...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba