Determinación del importe de las cuotas obrero-patronales que deben enterarse por el servicio de trabajadores pensionados que reingresan al régimen obligatorio por la prestación de un servicio personal subordinado

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas203-210
CASO 38
PLAN TEA MIEN TO
De ter mi na ción del im por te de las cuo tas obre ro- pa tro na les que de ben en te rar se por el
ser vi cio de tra ba ja do res pen sio na dos que re in gre san al ré gi men obli ga to rio por la pres -
ta ción de un ser vi cio per so nal su bor di na do.
DA TOS
Ge ne ra les
Prima de riesgos de trabajo (clase I) 0.54355%
Salario mínimo general vigente en el DF $64.76
Salario máximo de cotización para los seguros de enfermedades y
maternidad, riesgos de trabajo, guarderías y prestaciones sociales,
así como el ramo de retiro, invalidez y vida para los ramos de cesantía en
edad avanzada y vejez, así como para el Infonavit (25 SMGVDF)
($64.76 x 25) $1,619.00
Pe rio dos por en te rar
Cuotas obrero-patronales al IMSS Febrero de 2013
Cuotas, aportaciones y amortizaciones 1er. bimestre de 2013
Por cen ta jes apli ca bles a los se gu ros que com pren de el ré gi men obli ga to rio del
Se gu ro So cial y apor ta cio nes al In fo na vit
IMSS Cuota del
patrón
Cuota del
trabajador
Total
Seguro de riesgos de trabajo (artículo 71 de
la LSS) 0.54355% 0.00% 0.54355%
Seguro de enfermedades
y maternidad:
a) Prestaciones en especie-cuota fija
(art. 106-I de la LSS) hasta 3 SMGVDF
20.40% del
SMGVDF
0.00% 20.40% del
SMGVDF
b) Prestaciones en especie-cuota adicional
(art. 106-II de la LSS), diferencia del
SBC-3 SMGVDF
1.10% sobre
la diferencia
del SBC-3
SMGVDF
0.40% sobre
la diferencia
del SBC-3
SMGVDF
1.50% sobre
la diferencia
del SBC-3
SMGVDF
Se gu ri dad So cial 203

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