Enrique Krauze / Más cardenistas que Cárdenas

AutorEnrique Krauze

"El Gobierno de la Revolución no desconoce la importancia de la ayuda que puede prestarle la inversión privada, la cual tiene legítimo campo de acción para fortalecer la economía nacional."

Lázaro Cárdenas, 1 de septiembre de 1939.

Al margen de los intereses personales, corporativos, sindicales, burocráticos, económicos y políticos, legítimos o mezquinos, abiertos o encubiertos, que hay en torno a la reforma energética, en el debate subyace una doctrina que proviene del Constituyente del 1917, creador del código que los gobiernos mexicanos modificaron y parcharon innumerables veces pero que, por razones insondables, se sigue considerando sagrado e inviolable. Su teórico principal, Andrés Molina Enríquez, había anticipado el sentido de la legislación nacionalista en su obra clásica Los grandes problemas nacionales (1909):

La nación, como antiguamente el rey, tiene derecho pleno sobre tierras y aguas; sólo reconoce a particulares el dominio directo y en las mismas condiciones que en la época colonial. El derecho de propiedad así concluido, le permite a la nación retener bajo su dominio todo lo necesario para su desarrollo social, así como regular el estado total de la propiedad.

Se trataba, ni más ni menos, de una nueva teoría de la propiedad, contraria al concepto liberal, y que en su momento pareció sumamente original y hasta precursora, porque no abrevaba de la crítica socialista y comunista que se pondría en boga en unos cuantos meses (recuérdese que el Congreso de Querétaro tendría lugar ocho meses antes que la Revolución Bolchevique de 1917). La clave de aquella nueva teoría era su "anudación" -la palabra es de Molina Enríquez- con la legislación colonial. Esta curiosa y anacrónica homologación de los derechos de la nueva Nación mexicana con los de la antigua Corona española, pasó intacta al Artículo 27 referente al suelo y el subsuelo, que desde el instante mismo de su aprobación causó innumerables controversias con las compañías petroleras que lo consideraban violatorio de los derechos de propiedad adquiridos antes de la puesta en vigor de la Constitución. Aunque encontraron un modus vivendi siempre inestable con los caudillos sonorenses, las empresas tensaron la cuerda hasta que en 1938 Lázaro Cárdenas decretó la expropiación del petróleo. A partir de ese momento, la nación, que según la Constitución de 1917 ha tenido y tiene el derecho de trasmitir el dominio de aguas y tierras a particulares "constituyendo la propiedad privada"...

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