El Enemigo en la Victimología

AutorEDUARDO MARTÍNEZ-BASTIDA
Páginas99-124
DERECHO PENAL DEL ENEMIGO 99
El discurso de los juristas frente a las
atrocidades cometidas por el Estado o al
amparo de su inacción, ha seguido dos
patologías diversamente perversas pero
igualmente funcionales: o se amolda al
poder y le proporciona un saber acorde a
sus pretensiones, o se aliena
políticamente como si la realidad no
pudiese contaminar la ciencia del
Derecho.
Matías Bailone.
CAPITULO IV
EL ENEMIGO EN LA VICTIMOLOGÍA*
4.1.- INTRODUCCIÓN
Dice Génesis 4:9 "Y Jehová dijo a Caín: ¿Dónde esta Abel tu hermano?
Y él le respondió: No sé. ¿Soy yo acaso guarda de mi hermano?"
Desde el principio de los tiempos la persona se ha caracterizado por la
individualidad, el egoísmo y la apatía esto, aunque propio de la
posmodernidad, nos lleva a recordar que "nada hay nuevo debajo del
sol" (Eclesiastés 1:9). Así las cosas la pareja victimario-victima aparece,
probablemente por primera vez, en el relato del cruento homicidio supra
citado. El estudio del hecho en comento da lugar a lo que el día de hoy
conocemos bajo el epígrafe "victimología", iniciada por Mendelsohn, y
que entendemos como la disciplina que estudia a la víctima, los procesos
de victimización y la tipología victimal.
La victima, según los Principios Fundamentales de Justicia y de
Asistencia para las víctimas de Delitos de las Naciones Unidas, es la
persona natural o jurídica que, individual o colectivamente, haya sufrido
daños, incluyendo lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional,
pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos
fundamentales como consecuencia de acciones u omisiones que violen
la legislación penal nacional o internacional o que de otra manera
constituyan una violación grave de normas internacionalmente
reconocidas relacionadas con los derechos humanos, la conducta de
las empresas o abusos ilícitos110 de poder.
* Ideas tomadas del discurso pronunciado en el marco de la presentación de la
Revista Especializada en Criminología y Derecho Penal "Criminogénesis" en el
Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) el día 7 de abril de 2008.
110 Al respecto el artículo 1830 del Código Civil dice que "Es ilícito el hecho que es
contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres".
100 EDUARDO MARTÍNEZ-BASTIDA
De lo anterior se desprende que los "abusos ilícitos de poder" son fuente
de victimización y esta
produce una disminución del sentido de seguridad individual y colectivo
porque el delito afecta profundamente a la víctima, a su familia y a su
comunidad social y cultural. La transgresión del sentimiento de
inviolabilidad, porque la mayoría de las personas tienden a vivenciarse
inmunes a los ataques delitos, crea una situación traumática que altera
definitivamente a la víctima y a su familia.111
La víctima ha sido tipologizada desde prismas diferentes en víctima
totalmente inocente, víctima por ignorancia, víctima tan culpable como el
delincuente, victima más culpable que el delincuente, víctima voluntaria,
víctima muda, víctima obstinada, víctima especuladora, víctima
estafadora, víctima no participante, víctima latente, víctima provocativa,
víctima participante, falsa víctima, víctima de la violencia familiar, víctima
de la violencia social, víctima de la criminalidad oficial, semi oficial, política
o ideológica, víctima de delitos económicos, industriales y
farmacológicos, víctima de la contaminación o destrucción del medio
ambiente, víctima individual, sin o con aptitud victimal, víctima familiar,
víctima colectiva, víctima directa, víctima indirecta, testigo víctima, víctima
testigo, etc.
Para nosotros es importante mencionar a la llamada víctima propiciatoria,
como especie de la víctima de la violencia social, colectiva o de la
criminalidad oficial, pues a decir de Eduardo Balestena
La víctima propiciatoria es necesaria como símbolo del mal que es
conveniente expulsar del orden social y, que, por el mismo hecho de
existir, confirma como buenos a los restantes miembros de la comunidad.
Explica también el motivo por el que el hombre -animal diferenciado por su
capacidad de creación de símbolos, imágenes y normas emplea esta
práctica. El principio vital para el animal predador que habita la selva es:
matar o ser muerto. Para el predador humano que habita la sociedad, este
principio es: estigmatizar o ser estigmatizado. La supervivencia del hombre
depende de la situación que ocupe en la sociedad, de ahí que deba
mantenerse a sí mismo como miembro aceptable al grupo.
De este modo los operadores del sistema legal nunca hablarán de la
moralidad de la selección sin la cual el sistema no podría funcionar, siempre
hablarán de teorías, autores y normas, del mismo modo que los inquisidores
lo harían sobre la prueba del plomo destinada a determinar, por la forma en
que el plomo derretido adoptaba en el agua, si el sujeto se encontraba
enfermo o poseído.
Todos parecen correr, seguros, tras un punto, sin saber dónde y cómo se
originó o sin que eso importe.112
Como puede observarse la víctima propiciatoria tiene su origen en la
mecánica de inclusión (bondad) y exclusión (maldad) a partir de la
111 Marchiori, Hilda, Criminología. La víctima del delito, 5ª Edición, México, Edito-
rial Porrúa, 2006, p.3.
112 Balestena, Eduardo, La fábrica penal, Argentina, Editorial B de F Montevideo-
Buenos Aires, 2006, p.22.

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