Decreto No. 268 por El que Se Concede Pensión por Viudez a Las Cc. Irma María González Cervantes y María Enedina Jiménez Alejandres, a Quienes Se Les Extinguirá si Contraen Nupcias, Entran en Estado de Cocubinato, o Por Defunción, la Primera Equivalente al 100% y La Segunda al 79.92% de Las Percepciones Económicas que Percibían sus Esposos, Quienes Se Encontraban Adscritos a La Nómina de Jubilados y Pensionados del Magisterio

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 268

POR EL QUE SE CONCEDE PENSIÓN POR VIUDEZ A LAS CC. IRMA MARÍA GONZÁLEZ CERVANTES Y MARÍA ENEDINA JIMÉNEZ ALEJANDRES, A QUIENES SE LES EXTINGUIRÁ SI CONTRAEN NUPCIAS, ENTRAN EN ESTADO DE COCUBINATO, O POR DEFUNCIÓN, LA PRIMERA EQUIVALENTE AL 100% Y LA SEGUNDA AL 79.92% DE LAS PERCEPCIONES ECONÓMICAS QUE PERCIBÍAN SUS ESPOSOS, QUIENES SE ENCONTRABAN ADSCRITOS A LA NÓMINA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL MAGISTERIO.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y ARTICULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.-

Que mediante oficio número DGG-794/2013 de fecha 11 de noviembre del año en curso, se remitió a esta Soberanía por conducto de la Dirección General de Gobierno, las iniciativas del Ejecutivo Estatal para otorgar pensión por Viudez a favor de las CC. Irma María González Cervantes y María Enedina Jiménez Alejandres, quienes en su carácter de esposas, resultan ser beneficiarias de los extintos Salvador Rodríguez Aguilar y Daniel Zamora Jiménez, cuyos expedientes le fueron turnados a la Comisión Dictaminadora mediante oficio número 1546/013 de fecha 14 de noviembre del año actual, suscrito por los CC. Diputados Francis Anel Bueno Sánchez y Orlando Lino Castellanos, Secretarios de la Mesa Directiva en funciones.

SEGUNDO.-

Que el C. Lic. J. Reyes Rosas Barajas, Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, con fundamento en el Capítulo V, artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, mediante oficios número DGRH/2130/2012 y DGRH/0237/2013 de fechas 16 de octubre de 2012 y 30 de enero de 2013, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar la pensión por Viudez a favor de las beneficiarias que se mencionan en el considerando anterior.

TERCERO.-

Que el Salvador Rodríguez Aguilar, falleció el día 14 de septiembre de 2012, según consta en el acta de defunción No. 1222, expedida por el Oficial 1...

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