Acuerdo por el que se concede Licencia al C. Lic. Gregorio López González, para que se separe de su encargo como diputado de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Estado de Querétaro Arteaga.

Pág. 418 PERIODICO OFICIAL 3 de febrero de 2006
PODER LEGISLATIVO
LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA QUINCUAGÉ-
SIMA CUARTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE
QUERÉTARO ARTEAGA, CON FUNDAMENTO EN
EL ARTÍCULO 44 FRACCIÓN IV DE LA CONSTITU-
CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERA-
NO DE QUERÉTARO ARTEAGA, Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que el artículo 24 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga,
señala que el Poder Legislativo se deposita en una
asamblea llamada Legislatura del Estado, la cual se
integra por representantes populares denominados
Diputados, quienes son electos cada tres años, me-
diante el proceso electoral correspondiente.
2. Que para la integración de la Legislatura del
Estado, tanto la citada Constitución Política, en su
artículo 24, como la Ley Electoral del Estado de Que-
rétaro, en el artículo 19, refieren la elección de 25
Diputados propietarios y un suplente por cada propie-
tario.
3. Que la justificación para la elegir a los llama-
dos Diputados suplentes, se encuentra en la necesi-
dad de cubrir las faltas temporales o permanentes de
los Diputados propietarios en el ejercicio de sus fun-
ciones, sujetándose para ello al procedimiento que
marca la Ley.
4. Que atendiendo a las disposiciones legales
en cita, con fecha 26 de septiembre del año 2003,
quedó instalada la Quincuagésima Cuarta Legislatura
del Estado de Querétaro, de la que es integrante el
Dip. Lic. Gregorio López González, cuyas funciones se
extienden hasta el 25 de septiembre del año 2006.
5. Que de la interpretación a contrario sensu del
artículo 27 de la Constitución Local, así como del artí-
culo 7, fracción V, de la Ley Orgánica en comento, se
desprende que los Diputados, en el ejercicio de sus
funciones, podrán solicitar al órgano competente de la
Legislatura del Estado, en este caso a la Comisión
Permanente, licencia para ausentarse de su encargo.
5. Que actualmente, el diputado propietario Lic.
Gregorio López González ha presentado ante la Co-
misión Permanente de la Quincuagésima Cuarta Le-
gislatura del Estado, solicitud de licencia para sepa-
rarse de su encargo de manera temporal.
6. Que siendo facultad de la Comisión Perma-
nente, resolver de las solicitudes de licencia antes
referidas, al amparo de los artículos 44 fracción IV de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Querétaro Arteaga, 7 fracción V, 25 fracción III y 40
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado
de Querétaro, se emite el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE CONCEDE LICENCIA
AL C. LIC. GREGORIO LÓPEZ GONZÁLEZ, PARA
QUE SE SEPARE DE SU ENCARGO COMO DIPU-
TADO DE LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGIS-
LATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ARTEAGA
PRIMERO.- Se concede la Licencia solicitada
por el C. LIC. GREGORIO LÓPEZ GONZÁLEZ, para
que se separe de su encargo como Diputado Propieta-
rio de la Quincuagésima Cuarta Legislatura Constitu-
cional del Estado de Querétaro Arteaga, durante el
periodo comprendido del 01 de febrero al 04 de marzo
de 2006.
SEGUNDO.- En virtud de lo anterior, se convo-
ca a la C. LIC. BLANCA ESTELA MANCERA GU-
TIÉRREZ, en su carácter de Diputada Suplente, para
que comparezca ante la Comisión Permanente de la
Quincuagésima Cuarta Legislatura del Estado, a las
10:00 horas del próximo día 02 de febrero del año
2006, para que rinda la protesta de ley; por tanto,
notifíquesele de lo anterior, de manera personal.
T R A N S I T O R I O S
ÚNICO.- El presente acuerdo entrará en vigor a
partir del día de su aprobación por la Comisión per-
manente de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del
Estado de Querétaro.
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Y
MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL PODER LE-
GISLATIVO A LOS 1 DÍAS DEL MES DE FEBRERO
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
A T E N T A M E N T E
QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL
ESTADO DE QUERÉTARO
COMISIÓN PERMANENTE
DIP. MARÍA SANDRA UGALDE BASALDÚA
PRESIDENTE
Rúbrica
DIP. JOSÉ LUIS AGUILERA RÍCO
SEGUNDO SECRETARIO
Rúbrica

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